MADRID, 28 Mar. (EUROPA PRESS) -
La Asociación de Consumidores y Usuarios José María Mena presentó ayer viernes en los Juzgados madrileños una querella contra el director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias del Ministerio de Sanidad, Fernando Simón; la directora General de Salud Pública, Pilar Aparicio; y el secretario General de Sanidad y Consumo del Ministerio de Sanidad, Faustino Blanco; por supuesto delitos de homicidios y lesiones por imprudencia por su gestión durante esta crisis del coronavirus, en base a los artículos142.1 y 152.1.1 del Código Penal.
En la querella, a la que ha tenido acceso Europa Press y ha adelantado hoy el diario 'El Distrito', la entidad de consumidores esgrime que el Gobierno no informó con puntualidad y precisión de las medidas a adoptar en una situación de pandemia con contagio comunitario "ni informó a la opinión pública de las medidas a adoptar en este supuesto, antes de que la situación empeore y se vuelva descontrolada antes del 7 de marzo".
"Los querellados tenían conocimiento de la situación de la pandemia por los informes que recibían por medio de las instituciones internacionales que las hacen públicas de la situación en China o Italia; de la OMS o del ECDC europeo, que conocían la situación en España y las masificaciones que se iban a producir, que no solo no avisaron del peligro a la población sino que animaron a acudir a eventos de masas que no informaron al Gobierno, como era su obligación tal y como mantiene su presidente", señalan.
"Una actuación negligente o reprochable por falta de previsión, factor subjetivo, eje o nervio de la conducta imprudente en cuanto propiciador del riesgo, al marginarse la racional presencia de consecuencias nocivas de la acción u omisión empeñadas, siempre previsibles, prevenibles y evitables", agregan en el escrito judicial, al que acompaña varios dossieres.
Los querellantes consideran que constituye "una temeridad" no informar ni a Gobierno ni a los ciudadanos del "riesgo grave en el supuesto de no tomar precauciones de aislamiento social cuando concurre transmisión comunitaria en una pandemia.
Para justificar que se originó un daño sabiendo que era previsible y evitable, esta asociación de consumidores apunta al incremento de las muertes y hospitalizaciones "por la imprudencia de no avisar a la población puntualmente del riesgo que corrían si concurrían a eventos masificados, así como no prevenir en la compra de material".
"Es evidente que ante una pandemia un retraso en la información al Gobierno y a los ciudadanos por parte de los querellados de la situación de riesgo constituye una imprudencia temeraria. Concurre igualmente en los hechos descritos la tipificación del artículo 152.1.1 del Código Penal sobre lesiones por imprudencia, dados los numerosos ingresos hospitalarios que concurrieron por los hechos descritos", esgrimen en el escrito, donde añaden una relación circunstanciada y cronológica de los hechos desde el 30 de enero.