Pide archivar el caso respecto a los otro cinco agentes por considerar que actuaron conforme a derecho
MADRID, 8 Oct. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía de Madrid ha propuesto llevar a juicio por la presunta comisión de un delito de allanamiento de morada al subinspector del operativo policial desplegado el pasado 21 de marzo para frenar una fiesta ilegal en una vivienda de la calle Lagasca en la que los agentes accedieron a la fuerza con un ariete tras negarse el inquilino a abrir la puerta.
El juez Jaime Serrat, al frente del Juzgado de Instrucción número 28 de Madrid, ha celebrado esta mañana una audiencia para trasladar a los seis agentes procesados por estos hechos su imputación por un delito de allanamiento de morada.
La audiencia se celebra conforme a los trámites del procedimiento del jurado popular. Además de informar sobre la acusación, las partes han solicitado la práctica de diversas diligencias. Cuatro de los agentes están representados por la Abogacía del Estado, mientras que a otros dos les lleva la defensa el Sindicato Unificado de Policía.
La causa tiene su origen en una querella interpuesta por el inquilino, a través del despacho penalista Ospina Abogados, por los delitos de allanamiento de morada y daños. La Audiencia Provincial de Madrid ordenó al juez investigar los hechos ante los posibles excesos policiales.
Durante la vista, el fiscal ha propuesto archivar la causa respecto a cinco agentes al considerar que actuaron conforme a derecho. En cambio, ha planteado llevar a juicio solo al jefe del operativo al entender que pudo incurrir en un delito de allanamiento de morada.
Los policías interpusieron recientemente un recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid contra el auto por el que el instructor acordaba iniciar los trámites para llevarles a juicio al estimar que su actuación estuvo amparada por el marco jurídico legal y respaldada por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska.
Antes de la vista, el portavoz del SUP, Carlos Morales, ha recordado que cuando se produjeron los hechos el ministro del Interior defendió la legalidad de la intervención. "El ministro lo vio como todos los vimos que está actuación estaba conforme a derecho y que se estaba cometiendo un delito de resistencia y desobediencia", ha explicado.
Según el sindicato, los vecinos manifestaron nada más llegar los agentes que llevaban tres semanas sufriendo estas fiestas en un piso que los agentes creen que era turístico. Una vez en el rellano, los policías estuvieron esperando más de treinta minutos a que las personas saliera a identificarse, dando la advertencia de que estaban cometiendo un delito.
"Bajo ningún concepto queríamos entrar a no ser que se estuviera cometiendo un delito grave. y Así fue. Había cinco personas que querían salir. Por eso, pensamos que puede haber un delito de coacciones y lesiones a los vecinos, ha subrayado.
De igual modo, desde el sindicato policías insisten en que los agentes actuaron conforme al marco jurídico legal en base a las instrucciones dadas por el DAO (Dirección Adjunta Operativa) de Policía Nacional.
Por su parte, el letrado Juan Gonzalo Ospina ha propuesto solicitar testigos para que se compruebe si se cometió un delito flagrante y si hubo un error de tipo o de prohibición relación a si los agentes pudieron interpretar mal las instrucciones o si desconocían que estaban incurriendo en un delito. "No buscamos venganza, sino que en España existen derechos fundamentales", ha aseverado.
El letrado ha solicitado que se cite a declarar a Grande-Marlaska en aras a acreditar que el Ministerio del Interior no autorizó de manera previa la actuación de los agentes para infringir el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio.
DILIGENCIAS SOLICITADAS
Entre las diligencias solicitadas, el abogado del inquilino, el letrado Juan Gonzalo Ospina, ha solicitado que se cite a declarar en calidad de testigo al representante jurídico de Netpol Seguridad S.L., ; así como a su directora ejecutiva e incluso al administrador de dicha empresa, a efectos de que comparezcan a manifestar si tienen algún grado de parentesco o relación análoga con los agentes investigados.
La solicitud está encaminada a conocer el grado y conocimientos jurídicos sobre los hechos enjuiciados, sus conocimientos sobre los delitos de allanamiento de morada y contra la inviolabilidad del domicilio, así como sobre los supuestos errores de prohibición de los investigados, y si los mismos han tenido formación en dicha academia.
Por otro lado, los agentes han solicitado que testifiquen ante el juez vecinos del edificio de la calle Lagasca en el que se produzco la intervención policial, así como el testimonio de las personas que se encontraban en el interior de la vivienda donde se celebraba la fiesta.
RECURSOS DE LOS AGENTES
En su recurso, las defensas de los policías sostiene que "el inmueble donde sucedieron los hechos no constituye morada, sino que, por el contrario, se trata de un piso que fue alquilado con la exclusiva finalidad de celebrar fiestas, incumpliendo la normativa existente como consecuencia del Estado de Alarma decretado por la pandemia", un extremo al que se opone el abogado del inquilino, el letrado Juan Gonzalo Ospina, al no tratarse de un piso turístico al llevar el inquilino un año de alquiler.
La impugnación recalca que es "un hecho acreditado que durante el Estado de Alarma, y más en concreto en las fechas en las que sucedieron los hechos, se alquilaron pisos turísticos que, bajo la apariencia de pisos destinados al alojamiento de turistas, se destinaron únicamente a la celebración de fiestas, eludiendo la normativa impuesta.
El recurso recoge que los agentes declararon ante el juez que pudieron observar que "se trataba de un piso utilizado para la celebración de fiestas ilegales y no de un piso utilizado como vivienda, ni siquiera de carácter temporal".
"Conclusión a la que llegaron tras observar, entre otras cosas, que no constaba nombre identificativo en el buzón de la correspondencia, que la puerta del inmueble disponía de un sistema de apertura telemático o tipo WiFi de los que habitualmente se utilizan en los pisos turísticos y que, los propios vecinos, moradores del piso 1º C, y requirentes, manifestaron que se trataba de un piso utilizado únicamente para hacer fiestas de jueves a domingo.
La investigación penal se abrió a raíz de una querella del inquilino y después de que la Audiencia Provincial de Madrid ordenara investigar a los agentes por excederse en su intervención policial.
AMPARADOS POR LA LEY
Los policías defendieron ante el juez que su intervención se realizó conforme derecho en defensa del descanso vecinal. Manifestaron entonces que estaban amparados por la ley al considerar que se estaba cometiendo un delito de desobediencia al negarse el inquilino y las personas que estaban celebrando la fiesta en el interior a identificarse.
Sin embargo, el abogado del inquilino, el letrado Juan Gonzalo Ospina, se mostró contrario a la postura de los agentes al manifestar que en el caso de que no se hubieran identificado se hubiera incurrido en una infracción administrativo y no en un delito flagrante tipo un intento de homicidio, en cuyo caso los agentes podrían haber actuado.