El coste del daño arqueológico se cifra en 2,2 millones de euros, cantidad que tendrán que devolver "los acusados conjunta y solidariamente"
MADRID, 18 Feb. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía del Área de Alcalá de Henares ha solicitado al juez de Instrucción número 3 de Coslada "la apertura de juicio oral" contra el alcalde de Coslada, Ángel Viveros, por un delito contra el patrimonio histórico por omisión y prevaricación urbanística por el 'caso Calvario', reclamando una solicitud de condena de cara al juicio de tres años y nueve meses de prisión.
Así consta en el escrito de acusación fechado el pasado 17 de diciembre, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que el fiscal solicita que se juzgue a Viveros, al concejal de Urbanismo; Antonio Murillo; al secretario de la Corporación, Ángel Martínez; y al arquitecto municipal José Luis Alonso en relación a "la concesión" en 2010 de una licencia de construcción de un centro comercial sobre los yacimientos prehistóricos de la zona conocida como 'El Calvario', con restos del paleolítico y neolítico.
El escrito está sobre la mesa del juez de Instrucción número 3 de Coslada después de que el pasado septiembre diera traslado a las partes en la fase intermedia del proceso para que formulara sus respectivos escritos, ya sea para pedir el sobreseimiento de la causa o la apertura de juicio oral. Ahora, el fiscal "formula escrito de acusación" contra los investigados.
Entonces, el juez concluyó la investigación y transformó las diligencia en procedimiento abreviado. En su caso, el fiscal pide que se celebre juicio oral por delitos de prevaricación urbanística y contra el patrimonio histórico cometido por omisión.
La investigación se instó por parte de la Fiscalía de Medio Ambiente en relación con una parcela de unos 30.000 metros cuadrados que ocupaba parte del antiguo yacimiento prehistórico de 'El Calvario'.
TRES AÑOS Y NUEVE MESES DE CÁRCEL
A Viveros y Murillo el fiscal les "acusa" en "concepto de autor" de los delitos de prevaricación urbanística del artículo 320.2 del Código Penal, así como de un delito contra el patrimonio histórico cometido por omisión en relación al artículo 323 del Código Penal.
Se reclama para ellos una pena de un año y nueve meses de cárcel por el delito de prevaricación, así como dos años de prisión por el delito contra el patrimonio. Además, se solicita una inhabilitación especial para empleo o cargo público en cualquier Administración Local y para el ejercicio de funciones relacionadas con el urbanismo durante ocho años.
A los otros acusados se les considera autores, según el fiscal, también del delito contra el patrimonio y de prevaricación urbanística del artículo 320.1, reclamando una suma de tres años y nueve meses de cárcel. Y se pide igualmente una inhabilitación de ocho años para ejercer como cargo público.
"Los acusados deberán indemnizar, conjunta y solidariamente, a la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid en la cantidad de 2.246.121,79 euros por el coste de la intervención arqueológica necesaria para recuperar y valorar los bienes destruidos por las obras, cantidad que devengará el correspondiente interés legal conforme al artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil", señala el fiscal.
Por ello, el fiscal interesa que "se abra, tramite, y forme la correspondiente pieza separada de responsabilidad civil de cada uno de los acusados, al efecto de asegurar las posibles responsabilidades pecuniarias de éstos derivadas de la presente causa debiendo prestar fianza bastante".
OBRAS SOBRE RESTOS ARQUEOLÓGICOS
En el escrito, el fiscal expone que el 10 de diciembre de 2010, "la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Coslada aprobó la concesión a la entidad Hipercor S.A." de una licencia para "el movimiento de tierras y excavación parcial en la reserva comercial C-1", situada en la zona arqueológica 'El Calvario'.
En la aprobación, según el escrito, intervinieron "el acusado, Ángel Viveros como alcalde del Ayuntamiento de Coslada en esa fecha, y Antonio Murillo Díaz como concejal Delegado de Urbanismo que fue quien formalizó la propuesta de aprobación de la licencia a la Junta de Gobierno Local".
Por Orden de fecha 12 de mayo de 1995 se aprobó la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Coslada, que establecía que "de acuerdo con el informe de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Educación y Cultura ha de hacerse constar que cualquier obra o remoción de terreno que se pretenda realizar en la zona Arqueológica de "El Calvario" deberá contar con la autorización previa de dicha Dirección General".
Añade el fiscal que esta previsión "no fue revocada por la Orden 521/2007 relativa a la aprobación definitiva de la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Coslada para la creación de la Reserva Comercial 1.C en la calle Virgen de la Cabeza, y que fue ignorada por los acusados en el momento de otorgamiento de la licencia, concediéndose sin solicitar la previa autorización de la Dirección General de Patrimonio Histórico".
"Dicha zona arqueológica tenía a su favor incoado expediente con fecha 16 de diciembre de 1991 para su declaración como Bien de Interés Cultural, en la categoría de Zona Arqueológica (BOCAM 15/02/1992), encontrándose afectada por el régimen de protección de la Ley 10/1998, de 9 de julio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad", recalca el fiscal.
Tras la concesión de la licencia, "empezó las obras de movimiento de tierras, comprobándose en visita de inspección de fecha 30 de julio de 2012, que la zona había sido vaciada hasta una profundidad superior a los 10 metros" "haciéndose sin el control arqueológico necesario y preceptivo por Ley en este tipo de ámbitos de protección, lo que supuso la destrucción de una parte considerable del yacimiento arqueológico de La Dehesa".
La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid cifra el coste de la intervención arqueológica necesaria para recuperar y valorar los bienes destruidos por las obras en la cantidad de 2.246.121,79 euros.