Hay registrados casi 11.000 perros en la región con estas características
MADRID, 25 Nov. (EUROPA PRESS) -
Un total de 1.480 sanciones de carácter 'grave' o 'muy grave' se han interpuesto a dueños de perros potencialmente peligrosos en la Comunidad de Madrid durante los dos últimos años (2018 y 2017), según los datos aportados por la Consejería de Medio Ambiente.
Durante estos dos años, en el registro de infracciones habilitado en la normativa específica sobre tenencia de este tipo de perros, en la región se han aplicado un total de 323 multas por infracción 'muy grave' mientras que las catalogadas como 'graves' se elevan a 1.157.
Según la normativa, las sanciones muy graves implican multas que oscilan entre los 2.404 euros a los 15.025 euros. Las conductas que implican incumplimiento grave van desde los 300 a los 2.404 euros mientras que las leves se penalizan entre los 150 y los 300 euros.
En lo que va de año, las infracciones 'muy graves' se han elevado hasta llegar a las 196 frente a las 127 que se cursaron durante 2017. Tendencia opuesta se da en el caso de las sanciones graves, pues hasta noviembre de 2018 se habían interpuesto 519 multas mientras que el año pasado se alcanzaron las 638.
Son consideradas infracciones muy graves la tenencia de canes potencialmente peligrosos sin la perceptiva licencia, así como la venta o transmisión de este tipo de perros sin dicha licencia. Otro factor sancionable es el adiestramiento del animal para activar su "agresividad" o para fines "prohibidos".
También se tipifica como infracción muy grave la "organización o celebración de concursos, ejercicios, exhibiciones o espectáculos de animales potencialmente peligrosos, o su participación en ellos, destinados a demostrar la agresividad de los animales".
Por otro lado, las ordenanzas municipales que transponen las disposiciones del Real Decreto que regula la posesión de perros potencialmente peligrosos tipifican como sanción grave el hecho de dejar suelto al animal o no adoptar las medidas necesarias para evitar que se escape o se pierda.
Además, se formaliza la multa cuando se comprueba que se tiene al can sin identificar o sin estar inscrito en el registro municipal, así como mantenerlos en lugares públicos sin bozal o cadena reglamentaria.
CASI 11.000 PERROS CENSADOS COMO POTENCIALMENTE PELIGROSOS
La Comunidad de Madrid tiene actualmente registrados un total de 10.725 perros como potencialmente peligrosos en los diferentes ayuntamientos de la región.
El Real Decreto que regula la tenencia de estos animales establece como obligación su inscripción en el registro municipal específico para ello. Los consistorios recopilan esta información y luego la remiten a la comunidad autónoma.
Para conducir y controlar estos animales en espacios públicos, el propietario deberá llevar consigo una licencia administrativa. Otro requisito indispensable es tener al perro identificado con in microchip.
La normativa establece también que cuando estos animales se encuentren en fincas, casas de campo, chalets, parcelas, terrazas o patios o cualquier otro lugar delimitado, deberán disponer de un cerramiento perimetral completo, de altura y materiales adecuados, que impida al animal saltar o asomar la cabeza, evitando, tanto su libre circulación, como la salida a espacios público o privados de uso común sin el debido control y sujeción, garantizando la seguridad de las personas o de otros animales.
Para disponer de estos animales también se requiere al propietario poseer, según el Real Decreto, un certificado de capacidad física y de aptitud psicológica, que debe emitirse en centros homologados.
Precisamente el pasado miércoles dos perros mataron en la localidad de Colmenar de la Oreja a dos mujeres, madre e hija, tras múltiples mordeduras. En concreto eran dos dogos de Burdeos pero cruzados con otra raza aún por determinar, por lo que su riesgo potencial de peligro podría ser mayor, según indicaron a Europa Press fuentes de la investigación.
Los dogos de Burdeos, según el decreto regional que transpone la normativa estatal en la materia fijada en el Real Decreto 287/2002, no están considerados como raza potencialmente peligrosa. Los ejemplares que sí están dentro de esta categoría son Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffodshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu y Akita Inu.
No obstante, sí es una raza potencialmente peligrosa en otros países y en otras comunidades autónomas, que han ampliado estas categorías. De origen francés, de gran fuerza y potencia, con un carácter firme y decidido convierten a este perro en un gran guardián.
El Real Decreto sobre tenencia de perros potencialmente peligrosos también incluye un segundo anexo, aparte de las razas mencionadas, en el que establece la opción de incluir en la obligación de registro a perros con determinadas características físicas.
Entre ellas, se encuentra "fuerte musculación", "configuración atlética", o el tener un perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y un peso superior a 20 kilogramos.
Mandíbulas "grandes y fuertes", boca "robusta, ancha y profunda" o cabeza "voluminosa" son otras de las cualidades recogidas, junto al cuello "ancho, musculoso y corto".