MADRID, 28 Ago. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de Instrucción número 5 de Parla ha archivado la causa en la que se investigaban presuntas irregularidades en las obras del tranvía de Parla, un caso que provocó la destitución de Tomás Gómez al frente de la Secretaría General del PSM poco antes de las elecciones de 2015.
Así consta en un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que la juez M Pilar Pérez acuerda sobreseer actuaciones al "no resultar debidamente justificada la perpetración de los delitos denunciados". La resolución es susceptible de recurso de apelación.
El caso tiene su origen en abril de 2014 tras una denuncia presentada por la Fiscalía del Tribunal de Cuentas y después de que la Unidad Central de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) enviara una diligencia en la que se solicitaba al juez una lista en la que se reflejaran las posibles relaciones entre los concejales que aprobaron en 2006 y 2009 las obras del tranvía.
La Fiscalía solicitó la imputación de todos los concejales que aprobaron los sobrecostes denunciados. En la causa se investigaron delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos de caudales públicos respecto a los integrantes de las Juntas de Gobierno presididas entonces por Tomás Gómez (2006) y José María Fraile (2009).
Tomás Gómez siempre defendió que quien adjudicó las obras del tranvía y las ampliaciones de las obras fue el Consorcio Regional de Transportes autonómico.
Poco antes de las elecciones de 2015, el secretario general del PSOE y ahora presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, le destituyó de su puesto en la secretaria general del PSM. A los meses, Gómez exigió un perdón después de que el Tribunal de Cuentas concluyera que no hubo irregularidades.
En la resolución, el magistrado argumenta que "no hay indicios suficientes sobre los que poder sustentar de forma racional la denuncia formulada" por la Fiscalía del Tribunal de Cuentas.
"Se han practicado diligencias por parte de la UDEF al objeto de investigar la relación laboral y tributaria de los integrantes de la Junta de Gobierno que aprobaron las modificaciones del Proyecto del Tranvía... sin que haya resultado vínculo alguno ni justificación de enriquecimiento o apoderamiento de dinero público en perjuicio de tercero", asevera la magistrada.
Así, esgrime que se trataban de "pagos realizados por obras ejecutadas a empresas ajenas a los integrantes de las referidas Juntas de Gobierno, por lo que no existen indicios suficientes de delitos de malversación".