El juez da la razón a Cifuentes y no autoriza la entrega de actas del Canal a la comisión de investigación

Desayuno Informativo de Europa Press con Cristina Cifuentes
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 30 enero 2018 20:44

MADRID, 30 Ene. (EUROPA PRESS)

El titular del Juzgado de Instrucción número 6, Manuel García Castellón, ha dictado un auto en el que concluye que la Comunidad de Madrid no puede entregar a la comisión de investigación de la Asamblea de Madrid las actas del Canal de Isabel II, en el marco del caso Lezo, que le solicitaba la oposición, dando así la razón al Gobierno de Cristina Cifuentes, que había pedido permiso al magistrado para hacer entrega de las mismas y que había explicado que no las daría hasta que la justicia se pronunciara al respecto.

En el auto, fechado a 29 de enero y al que ha tenido acceso Europa Press, el juez dice que "no ha lugar a la entrega de la documentación requerida por la comisión de investigación de corrupción política de la Asamblea de Madrid relativa a este procedimiento judicial", en referencia al caso Lezo. Cabe recurso de reforma en el plazo de tres días.

Esta decisión da respuesta al escrito remitido el pasado 3 de enero por parte del consejero de Presidencia, Justicia y portavoz del Gobierno regional, Ángel Garrido, al presidente del Consejo General del Poder Judicial para que se informara si el Ejecutivo madrileño podía entregar dichas actas.

El auto es posterior a una primera providencia del pasado verano que sí permitía el facilitar esta documentación y que provocó la polémica con la entrega de las actas, que ha llevado a la presidenta de la Comunidad, Cristina Cifuentes, a tener que comparecer en esta comisión el próximo viernes, 2 de febrero.

En este caso, el juez dio traslado de este escrito a la Fiscalía Anticorrupción, que emitió un informe "considerando que no resulta procedente entregar la documentación solicitada" y, además, acude al reglamento de la comisión de investigación para "comprobar si, entre sus facultades, se encuentra la de recabar de los juzgados y tribunales documentos obrantes en procedimientos sub iúdice".

Tras analizar la normativa, se "evidencia claramente que la facultad de recabar información y documentación que se concede a los integrantes de cualquier comisión de investigación que se constituya en la Asamblea de Madrid se circunscribe a la que precise del Gobierno y de la Administración".

Y todo ello "sin que en ningún momento se les faculte para recabar información o documentación al Poder judicial sobre procedimientos que, como ocurre en estas diligencias previas, se están conociendo por los jueces y tribunales".

De hecho, añade que esta es la referencia que la normativa contempla para poder trasvasar información al Ministerio Fiscal, "de carácter unidireccional", pues "únicamente ampara la posibilidad de remitir la información recabada por la comisión y plasmada en sus conclusiones al Ministerio Fiscal para el ejercicio de las acciones que correspondan".

En la misma línea, el juez abunda en la Ley de Enjuiciamiento criminal para señalar que aunque haya juicio oral y "sean públicos todos los actos del proceso", esto no implica la publicidad y entrega de documentos de dicho proceso. Además, añade que las actuaciones judiciales "no son documentos" y que "basta para ello comprobar su regulación en las leyes procesales sobre el lugar de celebración, plazos, tiempos...".

PRESUNCIÓN DE INOCENCIA Y JUICIOS PARALELOS

Otra de las razones por la que el juez impide la entrega de documentos en procedimientos sub iúdice deriva del derecho a la presunción de inocencia y teniendo en cuenta que hasta que no hay una sentencia definitiva, el juez "puede anular, por vulneración de derechos fundamentales, elementos probatorios que de estar documentados, su entrega a terceros, en este caso, a la comisión, podrían conducir a valoraciones y juicios paralelos contrarios a la decisión judicial y a la presunción de inocencia de los acusados.

Por otra parte, el juez tiene en cuenta que "muchas de las facultades que la ley otorga a los jueces para la instrucción de las causas penales sólo se justifican por ese interés superior de hacer justicia y perseguir el delito".

"La obtención de elementos probatorios y el acceso a conocimiento de hechos que la ley reserva a sus titulares son permitidos bajo la tutela judicial con esta finalidad", añade, para señalar que el traspaso de documentos o información para un uso distinto al permitido conllevaría una infracción.

En este punto, pone como ejemplo varias actuaciones que supondrían una vulneración de derechos fundamentales de no acordarse por el juez instructor: la entrada y registro en el domicilio de particulares, las intervenciones telefónicas, restricciones a información tributaria o cesión de información por otros países, a través de comisiones rogatorias.

CONTRARIO A LA PROVIDENCIA DE AGOSTO

El juez se pronuncia de manera distinta a la providencia emitida por el juez Fernando Andreu, que el pasado mes de agosto autorizaba la entrega de documentación después de que el viceconsejero de Presidencia de la Comunidad de entonces, Enrique Ruiz Escudero, se dirigiera al juzgado planteando la misma cuestión.

En dicha providencia, fechada el 18 de agosto de 2017, el magistrado que se encontraba en ese momento de forma temporal en el juzgado, indicó que "la petición de documentos que realiza la Comisión Anticorrupción de la Comunidad no están incluidos en el sumario y su entrega se rige por disposiciones administrativas sin que el juez de Instrucción pueda dictaminar, aconsejar ni mucho menos ordenar, sobre la conveniencia o no de entregar esta documentación".

Precisamente, la polémica surgió hace unas semanas a raíz de conocerse dicha providencia, que llegó a la Comunidad de Madrid el 21 de agosto y que, según explicó el Gobierno regional, se traspapeló y no se tuvo conocimiento de su existencia hasta el pasado 12 de enero. Entonces, el Ejecutivo de Cifuentes cesó a un director y empezó a enviar la documentación a la Asamblea.

Hasta el momento, el Gobierno de la Comunidad se había escudado en unos informes de la Abogacía General, en los que se argumentaba la improcedencia del envío de documentos sobre asuntos que se estaban investigando por la vía penal.

Esta demora de cinco meses en la entrega de documentación provocó las críticas de toda la oposición, que quería que fuera la propia Cifuentes la que explicara en la comisión de investigación el motivo del retraso en la entrega, donde el PP ha dejado de estar oficialmente desde este pasado lunes.

De hecho, tras varias semanas con vaivenes en las peticiones con la Mesa, tanto de la comisión como de la Diputación Permanente, este viernes comparecerá pero no se le podrá preguntar por esta cuestión porque el motivo de la petición de comparecencia es el papel que tuvo la presidenta madrileña como consejera del Canal durante unos años y para hablar del caso Lezo en términos generales.