Un juez obliga a Telefónica a incorporar a su plantilla como indefinido a un trabajador sometido a "una cesión ilegal"

Entrada de los Juzgados
Entrada de los Juzgados - Marta Fernández - Europa Press
Publicado: viernes, 14 febrero 2020 10:09


MADRID, 14 Feb. (EUROPA PRFESS) -

El Juzgado de lo Social 29 de Madrid ha obligado a Telefónica a incorporar a su plantilla como indefinido a un trabajador después de que se haya reconocido "una cesión ilegal" por parte de la empresa subcontratada para el mantenimiento de sistemas informáticos en varias instalaciones de Madrid.

Así consta en una sentencia fechada el 24 de enero, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que el juez estima la demanda interpuesta por el trabajador, a través del despacho de abogados Martínez-Echevarría, contra Aubay Spain S.A. y Telefónica Investigación y Desarrollo.

De este modo, el juez declara "la existencia de cesión ilegal por parte de Aubay Spain S.A. a favor de Telefónica Investigación y Desarrollo", reconociendo el derecho del demandante a una relación laboral de carácter indefinido por Telefónica.

Por tanto, el trabajador se incorpora a la plantilla de Telefónica como indefinido, con los mismos derechos laborales y contractuales que sus compañeros de categoría profesional.

Telefónica contrató los servicios de una empresa auxiliar para el mantenimiento de sistemas informáticos en varias de sus instalaciones en Madrid. Para ello, la empresa subcontratada aportaba el personal cualificado para esas tareas.

Pero toda la organización del trabajo, las labores diarias y las instrucciones específicas de su puesto y su relación laboral correspondían a mandos intermedios de Telefónica.

Según se desprende de la resolución, el empleado dependía de la multinacional española de las telecomunicaciones para su organización laboral, la jornada de trabajo, vacaciones, instrucciones diarias, gestión de equipos. Y sin embargo no contaba con las condiciones laborales ni contractuales que el resto de la plantilla de Telefónica.

En un comunicado, Martínez-Echeverría Abogados ha destacado que con el fallo se demuestra que la empresa "cedente" no ejerce las funciones inherentes a su condición de empresario, "ni pone al servicio de la cesionaria la organización ni dirección empresarial, por lo que nunca ha recibido órdenes ni instrucciones de servicio por parte de su empresa contratante".

Inmaculada Parrado, abogada de Martínez Echevarría encargada del caso, ha señalado que "el trabajador tiene la misma jornada laboral, régimen de vacaciones, días festivos y permisos de trabajo que el resto de los trabajadores de la cesionaria, así como las mismas infraestructuras básicas e instalaciones.

Por su parte, la empresa cedente carece de "actividad u organización propia y estable, ni cuenta con los medios necesarios para el
desarrollo de su actividad".

Desde el despacho se ha destacado que se trata de "una fórmula que se da mucho, pero que se denuncia poco y es necesario aclarar que es
una figura reflejada en el Estatuto de los Trabajadores, y que la justicia vela por dichos derechos".

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