Lucía Figar
EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 18 mayo 2017 17:52

MADRID, 18 May. (EUROPA PRESS) -

La exconsejera de Educación, Juventud y Deportes de la Comunidad de Madrid Lucía Figar ha pedido al juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco el sobreseimiento de su imputación en la trama Púnica porque está basada en "meras hipótesis y conjeturas" de los responsables de los informes policiales elaborados por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.

   Fuentes jurídicas han explicado a Europa Press que la defensa de Figar presentó el pasado viernes un escrito fechado a 5 de mayo acompañado de una prueba pericial, donde se analizan todos los informes de la causa así como los mensajes que la vinculan con la trama en la que está investigada por contratar a la empresa del empresario Alejandro de Pedro, supuestamente, para mejorar su imagen online.

   La defensa de Figar ya justificó que la entonces consejera de Educación hubiese contratado a la empresa del 'conseguidor' de la trama Púnica con la necesidad de lanzar un portal web en el que se situaba a Madrid como "corazón de la Marca España", 'Study in Madrid', pensado para estudiantes extranjeros.

   En un extenso escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, el abogado de Figar expone que no hay motivos para mantener su imputación porque "firmemente" creen "desvanecida toda sospecha que suponga un juicio, aún provisional, de reproche penal". Y añade que la única base que justifica el "enorme sacrificio que está sufriendo" el derecho de Figar son las "meras hipótesis, las conjeturas y la subjetividad con la que están confeccionados los informes policiales obrantes en la pieza".

   Esto, en opinión de la defensa de Figar, "resulta intolerable en un proceso con garantías que es el que", están "seguros, han de defender el Juzgado y la Fiscalía". Por todo ello, señala que no ha lugar a la prórroga de la instrucción y pide que se acuerde el sobreseimiento de la causa.

   Uno de los apartados de las alegaciones corresponde a la expresa impugnación de los informes de la UCO, especialmente el del 9 de septiembre de 2016, relativo a los servicios que habría concertado Figar a De Pedro para mejorar su imagen personal porque no sólo incurre en "errores materiales significativos" sino que, además, resulta, en su opinión, "parcial y sesgado".

   En función a este informe de la UCO, la defensa de Figar asegura que es "radicalmente incierto que los informes realizados y servicios prestados tuvieran como finalidad la mejora del prestigio profesional o político" de su representada; y señala como también incierto que hubiera un fraccionamiento de contratos menores.

NO HAY RELACIÓN DE AMISTAD

   También dice que es incierto que existiera una relación de amistad entre Figar y De Pedro, o que hubiera la "menor concertación en relación con unos contratos por importe de 200.000 euros que jamás existieron, siendo abiertamente falso que hubiera habido una declaración de intenciones por parte" de su representada para facilitar la adjudicación de unos inexistentes contratos.

   A lo largo del escrito de alegaciones, el abogado trata, con la prueba pericial, de analizar los mensajes y los informes donde a "juicio policial, Alejando de Pedro presta servicios de reputación en la red para autoridades políticas, que por no ser susceptibles de contratación administrativa se pagan por procedimientos irregulares, sirviéndose de contratos públicos adjudicados con otro objeto", reza dicho informe de la UCO.

   Para la defensa de Figar, el que se autodenomina "juicio policial", es "sencillamente un juicio gratuito y en base a esta premisa peyorativa, a este prejuicio, se construye todo el discurso de este y posteriores informes". De este modo, acredita con la prueba pericial adjunta al escrito que "no se ha prestado ningún servicio de reputación" para Figar por parte de De Pedro o de sus empresas vinculadas.

   Además, añade que los contratos suscritos en el ámbito de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte con las empresas de De Pedro "son perfectamente lícitos y han sido debidamente justificados, celebrados, fiscalizados y contabilizados, sin que haya sido objetado el menor reparo a ninguno de ellos por el Interventor u otro funcionario de la Consejería.

   Para el letrado, "el investigador de la UCO parte de una premisa peyorativa y analizad todos los sucesos y circunstancias bajo un sesgo peyorativo, sin el menor respeto a la objetividad a la que está obligado".

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