MADRID, 28 Abr. (EUROPA PRESS) -
La portavoz de Más Madrid en el Ayuntamiento, Rita Maestre, ha insistido en que el gerente de la empresa municipal de Servicios Funerarios, Fernando Sánchez González, debería declarar ante el juez del caso de las mascarillas en "la calidad que sea" al confirmar la Fiscalía Anticorrupción "que hay una transformación, al menos una modificación de los documentos".
El fiscal anticorrupción Luis Rodríguez Sol se ha opuesto a la solicitud de Más Madrid de investigar al gerente de la empresa municipal por la presunta comisión de un delito de falsedad documental en relación con los contratos de emergencias objeto del procedimiento judicial.
En un escrito, al que tuvo acceso Europa Press, el fiscal alega que no se ha alterado ninguno de los documentos ni ha cometido ninguna otra de las conductas previstas en dicho tipo delictivo, por lo que no procede ampliar la investigación en el caso de las mascarillas ni citar a personas como investigadas distintas de los querellados Luis Medina y Alberto Luceño.
Maestre ha señalado desde los juzgados de Plaza Castilla --donde ha presentado un escrito pidiendo al juez que reabra el caso 'Sinclair & Wilde', una presunta estafa cometida contra el Ayuntamiento de la capital por un lote de mascarillas defectuosas-- que ahora el juez les trasladará como parte las indicaciones de Fiscalía para que ellos, Más Madrid, puedan exponer las razones por que las que consideran que el gerente de Funeraria "tiene que pasar por los juzgados a explicarse, en la calidad que sea".
La acusación popular que representa a Más Madrid alegaba que las cartas de encargo aportadas a la Fiscalía por la funeraria son diferentes a las cartas de encargo enviadas por la asesoría jurídica del Ayuntamiento de Madrid mediante oficio de 5 de abril de 2021.
Tales diferencias se concretan, según manifiesta el escrito, en que "desaparece el contrato firmado por la concejala en el que se recogía la cantidad e importe de este y se reconstruye la carta de encargo original incluyendo estos extremos". Se eliminaba igualmente la firma electrónica de la carta de encargo y se sustituye por otra manuscrita.
En su escrito, el fiscal del caso esgrime que, aunque es cierto que existen dichas diferencias, coinciden en todo caso "la fecha del documento, la identidad de las personas que lo firman y su contenido, ya sea por mención expresa en el cuerpo del documento o por referencia al contrato que se adjunta".