Antonio Ortiz, presunto pederasta de Ciudad Lineal
EUROPA PRESS
Actualizado: lunes, 27 marzo 2017 13:38


MADRID, 27 Mar. (EUROPA PRESS) -

El pederasta de Ciudad Lineal, Antonio Ortiz, impugnará ante el Tribunal Supremo las pruebas de ADN que determinaron que su perfil genético estaba presente en la ropa interior de sus víctimas, así como la ocultación de hasta doce informes policiales que desmontarían la tesis de la Fiscalía, han informado a Europa Press fuentes jurídicas.

Estos son algunos de los catorce motivos en los que se basa el recurso de casación que el letrado de Ortíz presentará en los próximos días contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que le condenó a setenta años y seis meses de cárcel por cuatro agresiones sexuales.

En el recurso, el abogado expone que se ocultaron hasta doce informes elaborados por la Policía sobre diferentes aspectos de la investigación como el rastreo de los coches utilizados, las llamadas telefónicas y el registro de los pisos de la calle Santa Virgilia, donde se habrían cometido algunas de las agresiones, y de la calle Montearagón 5, donde residía el condenado.

La defensa sostiene que estos informes demostrarían la inocencia de su cliente y darían pistas sobre al menos cuatro imitadores del verdadero culpable que habrían actuado durante la época en la que se cometieron los hechos.

En este caso, se habría producido lo que se denomina el 'efecto llamada', que se produce cuando se da publicidad excesiva a un caso y provoca que aparezca el fenómeno de los imitadores.

También se impugnan las pruebas de ADN, en cuya pericial los expertos ratificaron que el perfil genético de Ortiz se halló en la ropa interior de las pequeñas. Sin embargo, el letrado pone en duda esta afirmación, dado que el arcotipo de cromosoma y es genérico y no era concluyente respecto a su patrocinado.

HECHOS PROBADOS

En el relato de los hechos, la sentencia de la Audiencia exponía que ha quedado probado que agredió sexualmente a cuatro niñas menores de edad (sucesivamente y según cometió los hechos, de cinco, nueve, seis y siete años) a las que previamente y mediante engaños logró que se fueran con él.

Según el texto, en "una ocasión a un lugar que no ha quedado acreditado, en otra a una vivienda propiedad de su madre, en otra a una vivienda o local que tampoco ha sido establecido y a la última hasta un descampado situado entre las calles Mequinenza, Alcalá y Glorieta de Carlos Lamas".

"Una vez allí, mediante amenazas o valiéndose de la ingesta de pastillas, les realizó diferentes tocamientos, desnudó e introdujo objetos o algún miembro suyo por ano y vagina, además de forzarlas en algunos casos a hacerle una felación. A las cuatro las abandonó con posterioridad a la agresión en diferentes lugares, donde fueron encontradas", agrega el fallo.

Los magistrados establecáin en la resolución que el acusado, de modo inobjetable, realizó de forma consciente, esto es, dolosa, todos los actos, y que en el caso de una de las menores, a la testigo protegida T4 le causó "gravísimas lesiones" que de no haber sido tratadas quirúrgicamente habrían puesto su vida en peligro.

"De este matiz de brutalidad, indica la sentencia, no podía ser ignorante el acusado, lo que determina que en este caso el delito de lesiones reviste una mayor gravedad", destaca.

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