Rommy Arce seguirá defendiendo en instancias judiciales que no hubo injurias al ejercer su derecho a la libre expresión

La edil de Ahora Madrid, Rommy Arce
AYUNTAMIENTO DE MADRID - Archivo
Publicado: viernes, 25 enero 2019 13:48

MADRID 25 Ene. (EUROPA PRESS) -

Fuentes próximas a la concejala de Ahora Madrid Rommy Arce han señalado a Europa Press que la edil seguirá defendiendo ante todas las instancias judiciales que "no hubo delito de injurias y que sólo ejerció su derecho a la libre expresión y la crítica política".

La Audiencia Provincial de Madrid ha avalado la investigación penal que sigue el Juzgado de Instrucción número 12 de Madrid contra la edil de Ahora Madrid Rommy Arce por los tuits que colgó tras la muerte el pasado marzo de un mantero senegalés.

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados rechazan el recurso de la concejala-presidente del distrito de Arganzuela y Usera contra el auto en el que la juez admitía las querellas interpuestas por la Asociación de Policía Municipal Unificada (APMU) y la de la Unión de Policía Municipal.

De igual modo, se tumba la impugnación contra dicha admisión contra el portavoz del sindicato de manteros, Malick Gueye. Por tanto, se confirma la decisión del instructor de investigar a la edil y al portavoz de los manteros.

En su recurso, la edil madrileña entendía que teniendo en cuenta los artículos 269 y 313 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, los hechos que se le imputan en la querella de las asociaciones "no son los mismos constitutivos de la infracción penal de la injuria y de la calumnia".

Los magistrados señalan, por su parte, que tras el "trágico" fallecimiento, varias personas, entre ellas Rommy Arce, "públicamente a través de internet y con manifiesto desprecio hacia la verdad" se encargaron de "imputar a la Policía la responsabilidad por la muerte de Mame Mbaye".

Conforme a los hechos, el tribunal expone que las expresiones vertidas a través de los mensajes colgados vienen "enmarcadas para la apreciación de un sentido gravemente peyorativo en menoscabo de la estima del servicio que se presta por el Cuerpo de Policía Municipal de Madrid por las concretas dos actuaciones de agentes de la policíamunicipal", entre las que estuvo prestar auxilio a la víctima.

"Los hechos pudieren indiciariamente ser constitutivos de un delito de injurias inicialmente a reputar de graves contra el Cuerpo y Fuerza de Seguridad que también integra el Cuerpo de la Policía Municipal deMadrid a tenor de lo dispuesto en el artículo 2 c) de laLey Orgánica 2/1986 de 13 de marzo de Fuerzas y Cuerpos deseguridad", recalca.

"Naturalmente lo anterior lo es sin perjuicio de lo que en definitiva pudiera resultar del curso de la diligencias de investigación a practicar en el curso de la instrucción", agrega.

Añade que a pesar de la sentencia contra nuestro recurso de apelación contra la admisión seguiremos defendiendo ante todas las instancias judiciales que no hay delito de injurias y que solo ejercimos nuestro derecho a la libre expresión y la crítica política"

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