La obligaban a prostituirse todos los días en jornadas maratonianas para pagar su estancia y una supuesta deuda de 25.000 por traerle a España
MADRID, 5 Ene. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid que condenaba a 8 años de cárcel a cada uno de los miembros de un matrimonio que prostituyó a chica traída de Nigeria tras conseguirle su asilo en España y amenazarla con rituales de vudú.
Los hechos se remontan al año 2016, cuando la víctima fue engañada y captada en su país, Nigeria. Aprovechando su mala situación económica y de convivencia con su familia, le ofrecieron venir a España primero para cuidar de un niño pero luego para realizar trabajos sexuales, y finalmente aceptó.
Entonces, sus captores, por indicación de los sentenciados, le sometieron a un ritual vidú consistente en comer un hígado de gallina y una bebida alcohólica para someterla psicológicamente a la obligación de pagar la deuda contraída y evitar que recayera en sus familiares nigerianos, según detalla el fallo judicial al que ha tenido acceso Europa Press.
A continuación, la chica fue trasladada hasta las costas de Libia, desde donde entró en Europa a bordo de una embarcación ilegal hasta Italia, donde fue rescatada por las autoridades italianas.
Posteriormente, en Milán fue recogida por una persona, por encargo de los procesados, y fue trasladada hasta Francia. Desde allí viajó en coche hasta el centro de Madrid, donde permaneció sentada en un banco durante horas hasta que fue recogida por otro miembro de la organización que la llevó hasta una casa en la localidad de Getafe.
Días después obligaron a la víctima a solicitar protección internacional de asilo ante las autoridades españolas entregando documentación e identidad falsa que le proporcionaron los condenados. Así regularizaba rápidamente su situación y evitaba que durante los primeros meses fuera detenida por la Policía por su estancia irregular.
Ya con el documento oficial de solicitante de asilo, la víctima fue "trasladada" por distintas ciudades del territorio nacional como Ponferrada para ejercer la prostitución. Finalmente, acabó en Madrid trabajando en el polígono Marconi con un horario que iba desde las 19 o 20 horas hasta las 10 horas del día siguiente.
Le obligaban a darle todo el dinero que recaudaba a este matrimonio, llegándoles a proporcionar más de 4.000 euros. Todo para pagar una supuesta deuda que había contraído de 25.000 euros por su traslado a España. También tenía que abonar 220 euros al mes por el alquiler del piso y de la manutención.
A pesar de estar fuertemente vigilada y no permitírsele salir sola de casa, la joven logró huir aprovechando que su captora se fue a la iglesias. Así, a finales de 2017 denunció los hechos ante la Policía.
En virtud de su declaración se identificó a los responsables de este grupo criminal que coincidían con la pareja que la custodiaba, quienes fueron detenidos y puestos a disposición judicial inmediatamente. En ese momento los investigadores comprobaron que las personas que la engañaron y captaron en Nigeria eran la hermana y la madre de la arrestada.
Tras la detención, los agentes realizaron el registro del domicilio habitual del matrimonio, donde encontraron documentación falsificada y libretas de contabilidad con anotaciones de los servicios realizados por la víctima. El matrimonio, un hombre y una mujer nigerianos de mediana edad, fueron acusado de un delito de trata de seres humanos con fines de explotación sexual y favorecimiento de inmigración clandestina.
En el juicio, la pareja fue condenada a 7 años de prisión cada uno por un delito de trata de seres humanos en un concurso ideal de un delito de prostitución coactiva. También a un 1 de cárcel cada uno por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros por inmigración ilegal y a una indemnización de casi 30.000 euros por daños morales y por el dinero que le quitaron.
Los condenados interpusieron un recurso de apelación ante el TSJM, que a finales del año pasado acabó aceptando íntegramente los hechos probados en la sentencia de la Audiencia y, por lo tanto, ratificándola.