Publicado 27/05/2021 16:59

Fiscalía pide aumentar el funcionamiento de los radares para sancionar excesos de velocidad urbanos

Archivo - El Fiscal de Sala Coordinador de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas.
Archivo - El Fiscal de Sala Coordinador de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas. - EUROPA PRESS - Archivo


MADRID, 27 May. (EUROPA PRESS) -

El Fiscal de Sala Coordinador de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas, ha remitido este jueves un oficio a las policías locales de toda España para que incrementen el funcionamiento de los radares para detectar excesos de velocidad en el ámbito urbano, tras el cambio normativo que limita a 30 km/h la velocidad máxima.

Según el fiscal, que ha avanzado el contenido de dicho oficio en una rueda de prensa en Madrid, esta nueva limitación de la velocidad en ciudades es un "acierto" de la Dirección General de Tráfico (DGT), aunque recuerda que se trata de "una conquista europea de la movilidad sostenible".

Según afirma, "hay un porcentaje de conducciones urbanas que solo pueden detectarse con el funcionamiento de radares", pues según las últimas cifras de Fiscalía (correspondientes a 2019), las condenas por exceso de velocidad fueron 394, lo que constituyen "no demasiadas", en comparación con las condenas por alcohol, que ascienden a 48.078.

Así pues, considera que tras el cambio normativo, "no es posible que el límite se respete si no se incrementa el funcionamiento de los radares, en concreto de los radares móviles".

De ahí que insista en que el límite de 30 km/h deba ir acompañado de la vigilancia de los radares y una sanción administrativa, porque ambas cosas "educan", así como de sanciones penales si se excede en más de 60 km/h (ir a más de 90 km/h). "Los radares no son recaudatorios, son protectores de los conductores y evitan múltiples tragedias", advierte Vargas.

MÁS CONTROLES DE ALCOHOLEMIA Y DE VELOCIDAD

En dicho oficio, el fiscal también ha solicitado aumentar los controles de velocidad y alcoholemia en las carreteras, dado que, tal y como advierte, tras el estado de alarma, las cifras de siniestralidad en España están siendo superiores a los flujos de tráfico.

Así, tal y como sentencia, la sociedad está saliendo de la "pesadilla" de la pandemia para entrar en "la pesadilla de las muertes". El fiscal recuerda que la velocidad está implicada en aproximadamente el 30% de los fallecidos y el alcohol en un 25%.

En relación al aumento de los controles, Vargas ha solicitado información a las policías acerca de si las 'apps' que avisan a los conductores de la ubicación de controles de velocidad, de alcohol y/o drogas o para conocer la ubicación de radares, continúan perturbando su normal funcionamiento, en qué medida y con qué modalidades, con el fin de "fundamentar aún más la propuesta de reforma sancionadora en la que trabaja el Ministerio Fiscal".

Esta propuesta de reforma ya fue anunciada por la Fiscalía de Seguridad Vial el pasado 11 de abril de 2019. Esta propuesta la realizará la Fiscalía cuando reciba el informe de las policías con competencias en tráfico "en dos o tres meses", según ha apuntado en declaraciones a Europa Press el fiscal.

"La tecnología, sobre todo, ayuda, pero en algunos casos se utiliza indebidamente", ha aseverado Vargas, que considera que estas aplicaciones han perturbado los controles de movilidad durante la pandemia. "Por eso, la Fiscalía trabaja con toda determinación en una estrategia sancionadora, estamos decididos a hacer una propuesta, somos conscientes de la perturbación que se ocasiona en una función tan relevante como la vigilancia del tráfico vial", ha incidido el fiscal, que es tajante: "Un control de alcoholemia salva vidas".

DELITO SI LA TASA DE ALCOHOL ES DE ENTRE 0,4 Y 0,6 MG/L

En el oficio, el fiscal también pide a las policías de toda España que instruyan atestado por delito en el caso de que un conductor haya arrojado una tasa entre 0,40 mg/l y 0,60 mg/l en caso de que haya signos claros de embriaguez o el conductor realice maniobras irregulares concurrentes evidenciadoras de la influencia del alcohol en la conducción, a pesar de que solo constituye delito la conducción con una tasa superior a 0,60 mg/l.

Este entendimiento lo ha ratificado la Sala Segunda del Tribunal Supremo en la sentencia 292/2020, de 10 de junio, según ha recordado Vargas.

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