Actualizado 08/11/2022 13:24

La Justicia europea da la razón a Fiat y le exime de devolver 30 millones en ayudas fiscales

Archivo - Cámara de visión trasera de un modelo de Fiat.
Archivo - Cámara de visión trasera de un modelo de Fiat. - FIAT - Archivo

Bruselas toma nota del fallo y estudiará sus consecuencias

BRUSELAS, 8 (EUROPA PRESS)

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dado este martes la razón al grupo automovilístico italiano Fiat (Stellantis) en su recurso para evitar devolver 30 millones de euros en ayudas fiscales recibidas en Luxemburgo y que la Comisión Europea había ordenado recuperar al considerar que fueron concedidas de manera ilegal.

En su sentencia, el Alto Tribunal europeo razona considera erróneo el análisis realizado por la Comisión Europea del sistema de referencia y su conclusión de que hubo una ventaja selectiva a Fiat, por lo que anula tanto la sanción impuesta por los servicios comunitarios en 2015 como el fallo en primera instancia de la Justicia europea que avaló esa medida en septiembre de 2019.

Tras su investigación del sistema fiscal diseñado a medida de Fiat en Luxemburgo, Bruselas concluyó que el Gran Ducado debía recuperar los impuestos perdonados a la sociedad a través de los llamados 'tax ruling', al considerar que se trató de ventajas "selectivas" con las que redujeron "artificialmente" la carga tributaria.

En opinión de los expertos del Ejecutivo comunitario la base de capital calculada era mucho menor que la real través de una serie de hipótesis y ajustes a la baja sin justificación económica. Además, la remuneración de dicho capital a efectos fiscales era muy inferior en comparación con los tipos de mercado en ese momento.

Sin embargo, el Tribunal europeo considera que la Comisión Europea erró al determinar las normas aplicables y por tanto en la identificación de la imposición considerada "normal" respecto de la cual debía apreciarse la decisión anticipada en cuestión vicia todo el razonamiento referido a la existencia de una ventaja selectiva.

También cree que el Tribunal General de la UE se equivocó al confirmar el marco de referencia elegido por la Comisión para la aplicación del principio de libre competencia a las sociedades integradas en Luxemburgo y al no tener en cuenta las normas específicas que ponen en práctica dicho principio en ese Estado miembro.

Tras el fallo de Luxemburgo, la vicepresidenta del Ejecutivo comunitario responsable de Competencia, Margrethe Vestager, ha dicho a través de un comunicado que toma nota del pronunciamiento del tribunal y que sus servicios lo examinarán ahora "con cautela" para analizar "sus implicaciones" en la acción comunitaria.

"Incluso con la decisión de la Comisión anulada, la sentencia ofrece una orientación importante sobre la aplicación de las normas sobre ayudas estatales de la UE en el ámbito fiscal", ha dicho Vestager, para quien la Justicia europea confirma con la sentencia que "la actuación de los Estados miembro en ámbitos que no están sujetos a la armonización por el Derecho comunitario no queda excluida del ámbito de aplicación de las disposiciones del Tratado sobre el control de las ayudas estatales".