BRUSELAS, 2 Feb. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal General de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha confirmado este miércoles la multa de 880 millones de euros impuesta por la Comisión Europea al fabricante sueco de camiones Scania por haber pactado con otras cinco firmas los precios de venta de sus vehículos y por haber transferido al comprador los costes de cumplir con las normas de emisiones contaminantes.
En su sentencia, el TUE desestima el recurso de impugnación de Scania y señala que en la medida en que participó directamente en todos los aspectos pertinentes de un caso de colusión, el Ejecutivo europeo estaba facultado para imputarle la infracción en su totalidad.
Sobre la impugnación al sistema híbrido con el que se impuso la multa, un método que asocia el procedimiento de transacción y el administrativo ordinario en materia de prácticas colusorias, el TUE falla que Bruselas puede adoptar, en un primer momento, una decisión de transacción y, en un segundo momento, una decisión resultado del procedimiento ordinario, siempre que se respeten los principios de imparcialidad y presunción de inocencia y el derecho de defensa.
El tribunal con sede en Luxemburgo excluye que la Comisión Europea incurriera en una vulneración del principio de presunción de inocencia de Scania, al tiempo que descarta vulneración alguna de su derecho de defensa por el hecho de no haber sido oída en el procedimiento de transacción.
La sanción comunitaria está relacionada con el caso de colusión de MAN, Volvo/Renault, Daimler, Iveco y DAF que tuvo lugar entre 1997 y 2011, cuando el Ejecutivo comunitario inició inspecciones sobre las firmas involucradas.
La multa conjunta a las cinco firmas ascendió a 2.930 millones y si se une el procedimiento por separado a Scania hacen de esta la sanción "récord" para un cartel en la historia de la Unión Europea.
El fabricante sueco de vehículos industriales decidió no participar en el procedimiento "amistoso", por lo que la Comisión Europea inició una investigación separada sobre su actuación.