MADRID, 8 Feb. (EUROPA PRESS) -
Las asociaciones de automovilistas se han mostrado este viernes divididas respecto a la propuesta de la Dirección General de Tráfico (DGT) para reformar el Reglamento General de Circulación e incluir la obligación de colocar en sentido contrario a la marcha a los niños de menos de 18 kilos y menores de cuatro años que viajen en una 'sillita' infantil, siempre que el dispositivo lo permita.
Así, mientras que el director de Seguridad Vial del Real Automóvil Club de España (RACE), Tomás Santa Cecilia, ha aplaudido la propuesta de la DGT, que considera "muy positiva", el presidente de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), Mario Arnaldo, ha recordado que el uso de dispositivos de retención en los vehículos está regulado por una normativa europea y el Ejecutivo español "no puede hacer ninguna innovación".
El RACE presentó recientemente un estudio, junto a Cibex y en colaboración con la DGT, en el que señalaba que colocar a los niños en una 'sillita' en sentido contrario a la marcha cuando se viaja en coche puede reducir hasta en un 75% el riesgo de que los menores sufran lesiones en caso de accidente de tráfico. Por este motivo, Santa Cecilia ha dado la bienvenida la medida, que, a su juicio, está respaldada por "el mundo científico" y ha elogiado la "agilidad" con la que "administración ha atendida la demanda de los usuarios y conductores".
Más crítico se ha mostrado el presidente de AEA, que ha considerado "inadecuado" que se introduzca una obligación sobre el sentido en que hay que colocar las 'sillitas', porque el uso de estos dispositivos "ya está cubierto" por la directiva europea y "España no puede hacer innovaciones en ese sentido".
Frente a la reforma del Reglamento de Circulación, Arnaldo ha abogado porque la Administración garantice la "normalización de las recomendaciones que hace el fabricante" hace sobre el uso de estos dispositivos, para evitar situaciones como las que se dan actualmente, en las que un fabricante de una 'sillita' recomienda en Reino Unido que se coloque en el sentido contrario de la marcha y aquí aconseja lo contrario.
Actualmente, el Reglamento General de Circulación establece que los menores de 12 años sólo pueden viajar en los asientos delanteros de un vehículo si van colocados en "dispositivos homologados al efecto" o, en el caso de que su estatura sea igual o superior a 135 centímetros, lleven el cinturón de seguridad.
En el caso de los asientos traseros, la normativa actual dice que las personas cuya estatura no alcance los 135 centímetros deberán utilizar obligatoriamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso, y que los que tengan una altura igual o superior, podrán utilizar indistintamente este dispositivo o el cinturón de seguridad para adultos.
No obstante, en la normativa vigente no se recoge por ley la orientación en la que se tienen que colocar las 'sillitas' infantiles y la única referencia a la orientación es la prohibición de usar un dispositivo de retención orientado hacia atrás instalado en un asiento del pasajero protegido con un airbag frontal, a menos que haya sido desactivado.