MURCIA 2 Dic. (EUROPA PRESS) -
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha ordenado este lunes por la mañana el ingreso en prisión provisional del padre del que el pasado viernes fue considerado autor directo del asesinato con alevosía de K.M. en Jumilla (Murcia) en 2021, según informaron fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJMU) en un comunicado.
El hombre era el único de los tres acusados que permanecía en libertad después de que el viernes un jurado popular lo declarara culpable del crimen en concepto de cooperador necesario junto con la madre del autor principal.
Cabe recordar que los hechos se produjeron en la madrugada del 1 de mayo de 2021, cuando el principal acusado, I.J.F. (hijo) apuñaló presuntamente en el torso a K.M., que por entonces mantenía una relación sentimental con su expareja, M.M.
En concreto, el principal acusado, I.J.F. (hijo), fue declarado por unanimidad como autor directo del asesinato con alevosía debido a que el jurado ha considerado probado que asestó hasta tres puñaladas a la víctima con un arma blanca que llevaba camuflada en un llavero.
Los progenitores del principal acusado, I.J.F (padre) y M.Á.F., fueron declarados culpables como cooperadores necesarios del crimen, tal y como apareció recogido en el veredicto que se leyó en la vista y que dio por concluido el juicio oral, que estuvo presidido por el magistrado Andrés Carrillo.
En este sentido, el jurado consideró probado por unanimidad que los tres acusados, como consecuencia de la no aceptación de la ruptura sentimental de I.J.F. (hijo) con M.M., iniciaron antes de la agresión mortal una campaña de insultos, difamación y acoso dirigido contra la expareja y el nuevo novio de esta, el fallecido K.M.
Así, el jurado consideró probado este extremo en base a las denuncias previas que existían por este motivo, así como a las publicaciones vertidas en la red social Instagram y los informes forenses dados a conocer a lo largo del juicio.
La madre del principal acusado, M.Á.F., armada con un cuchillo, buscó un enfrentamiento con las dos víctimas la noche de los hechos y hubo una pelea en la que K.M. fue agredido con una pala y este, a su vez, se defendió.
Acto seguido, al lugar de los hechos acudieron agentes de la Policía Local de Jumilla y de la Guardia Civil, que se reunieron por separado con la agresora y las víctimas para tratar de averiguar qué estaba sucediendo.
En ese momento, según los hechos considerados probados por el jurado, M.Á.F. llamó a su familia directa diciéndoles: "venid que están aquí". Acto seguido y a resultas de esa llamada, en el lugar se personaron I.J.F (padre), I.J.F (hijo) y otro familiar menor de edad.
Los cuatro agresores se avalanzaron posteriormente "en tromba" sobre las víctimas "de forma extremadamente violenta" y haciendo caso omiso de las órdenes de los agentes de Policía Local y de la Guardia Civil. Todo ello, con el ánimo de acabar con la vida de K.M. y de menoscabar la integridad física de M.M., tal y como ha señalado el jurado en base a los vídeos y testimonios que obran en la causa.
A continuación, los cuatro miembros de la familia actuaron de forma coordinada y se dirigieron hacia las víctimas. Así, se dispusieron los cuatro a lo ancho de la calle Miguel de Unamuno en la que tuvieron lugar los hechos y, aprovechando los obstáculos que representaban los coches estacionados, pudieron burlar a los agentes de la autoridad haciendo retroceder a las víctimas.
"MÁTALO, MÁTALO"
Al final de la calle, los agresores lograron arrinconar a la víctima mortal en un descampado y, una vez allí, arremetieron de forma violenta contra él con el ánimo de acabar con su vida, según el jurado. De hecho, M.Á.F. gritó en ese momento: "mátalo, mátalo"; mientras que I.J.F (hijo) profirió: "te voy a pegar una 'puñalá'".
Mientras todo ello ocuría, uno de los agentes de la Guardia Civil forcejeaba con I.J.F (padre) con la intención de impedir que este individuo se sumara al ataque. De hecho, el agente de la Benemérita logró reducirle.
Paralelamente, I.J.F (hijo), K.M. y dos agentes cayeron al suelo en el descampado. En el transcurso de esa pelea, I.J.F (hijo) sacó una navaja que tenía una hoja retractil de entre 4 y 5 centímetros de largo y que llevaba oculta en el llavero para evitar que fuera identificada.
Así, I.J.F (hijo) procedió a apuñalar, al menos, hasta en tres ocasiones a la víctima mortal sin que los agentes pudieran evitarlo, tal y como recogen los hechos considerados probados por el veredicto.
Al disolverse el ataque, M.M. refugió a su novio K.M. en la acera contraria tras un vehículo protegidos por los agentes mientras los agresores trataban de acercarse a ellos nuevamente. En ese instante, I.J.F (hijo) gritó a K.M.: "esta es la última cara que vas a ver", tal y como ha señalado el jurado en base a los vídeos grabados esa noche.
K.M. falleció poco después en el Hospital Virgen del Castillo de Yecla como consecuencia de las heridas por arma blanca sufridas.
Asimismo, M.Á.F. provocó lesiones a M.M. por golpes y mordeduras, mientras que I.J.F (padre) también causó lesiones a uno de los agentes actuantes. En cambio, el jurado no ha considerado probado que M.Á.F. resultara lesionada antes de la pelea por una piedra arrojada por K.M. puesto que en uno de los vídeos se observa que la piedra no llegó a alcanzarle.
En este sentido, el jurado no consideró acreditado como atenuante que alguno de los tres acusados actuara como consecuencia de adiciones a la cocaína, marihuana o el alcohol; ni que actuaran movidos por una causa o estímulo que les pudiera causar un arrebato porque los tres mostraron la misma actitud de principio a fin.
De igual forma, el jurado consideró que ni la indemnización de 20.000 euros ingresada por I.J.F (padre) ni el perdón expresado por los tres acusados durante el juicio oral sean suficientes como para reparar el daño causado.
Por todo ello, los tres acusados fueron hallados por el jurado como culpables de un delito de asesinato con alevosía, I.J.F (hijo) en concepto de autor y sus dos padres en concepto de cooperadores necesarios.
Asimismo, tanto I.J.F (hijo) como I.J.F (padre) fueron hallados culpables de un delito de atentado a agentes de la autoridad, mientras que M.Á.F. sería culpable de un delito de resistencia o desobediencia a los agentes.
En el caso de I.J.F (hijo), el jurado consideróprobado que actuó movido por hechos compatibles con la violencia de género, al considerar la superioridad del varón respecto a su exnovia, M.M.