Traslado de policías nacionales acusados de asesinato/homicidio en Cartagena
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 31 enero 2017 14:31

MURCIA 31 Ene. (EUROPA PRESS) -

Un jurado popular será el encargado de juzgar a los cinco agentes de Policía Nacional acusados del homicidio de Diego Pérez Tomás, vecino del barrio cartagenero de Las Seiscientas cuyo cadáver apareció flotando en Cala Cortina en el mes de marzo de 2014, según el auto de apertura de juicio oral dictado por la titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Cartagena, Emilia Ros, al que ha tenido acceso Europa Press.

En concreto, la jueza decreta la apertura del juicio oral y fija una fianza de 470.000 euros. En caso contrario, les apercibe de que les serán embargados bienes en cuantía suficiente para hacer frente a tal cantidad.

Para la práctica del requerimiento acordado, la jueza cita a los cinco acusados a fin de que comparezcan el próximo 15 de febrero a las 9.30 horas, y señala como órgano competente para el enjuiciamiento al Tribunal del Jurado de la Sección V de la Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena.

Cabe recordar que la jueza ordenó prisión provisional, incomunicada y sin fianza para los seis policías acusados, pero uno de ellos, G.J.G.M., murió en octubre de 2015 cuando estaba internado en la prisión de Estremera, supuestamente por una pancreatitis.

El fallecido y otros cinco agentes, residentes en la ciudad portuaria y de la escala básica, estaban siendo investigados en relación con la desaparición y muerte de Diego Pérez Tomás en la madrugada del 11 de marzo de 2014. Su cadáver fue encontrado dos semanas después flotando en aguas de Cala Cortina.

Los policías compartían turno en las llamadas patrullas Zeta de la comisaría de Cartagena, y agentes de asuntos internos y de la policía judicial de Murcia y Cartagena los situaron en el punto de mira después de que un testigo dijera haber visto a la víctima en un coche policial la noche en que desapareció.

RELATO DE LOS HECHOS

Según la jueza de instrucción, los hechos enjuiciables se remontan concretamente a las 4.35 horas del 11 de marzo de 2014, cuando la víctima, Diego Pérez Tomás, de 43 años, llamó desde su teléfono a la Sala de emergencias y coordinación policial del 091 de Cartagena, solicitando auxilio policial toda vez que estaba asustado al sentirse amenazado por unos individuos.

En este sentido, la magistrada recuerda que la víctima sufría esquizofrenia paranoide y trastorno de afectividad que determinaba un grado de discapacidad del 45 por ciento.

A las 4.39 horas, la Sala del 091 comisionó a los agentes J.C.M.L., y a su compañero G.J.G.M. (fallecido en 2015 prisión), que acudieron al lugar a bordo de un vehículo policial 7-54, y a los agentes J.A.C.G., y J.L.S.A., que acudieron a bordo de otro vehículo policial Z-57 y con servicio en la zona centro.

Al lugar de los hechos acudió también el vehículo policial Z-56, de color blanco, en el cual se encontraban los agentes R.M.F.S. y R.A.R., a los cuales les correspondía el servicio en la zona de Barrios, sin que hubieran sido comisionados por el 091 ni hubiera causa justificada para su presencia.

Una vez llegaron al lugar y localizaron a Diego en la vía pública junto a su domicilio, los agentes comenzaron a cachearle, llegando el agente J.L.S.A. a darle una bofetada, según el auto. A continuación, de común acuerdo y con intención de atentar contra la libertad de Diego, le indicaron de manera intimidatoria que se subiera en el vehículo policial Z-54.

En lugar de trasladarle a dependencias policiales o a un centro sanitario, la jueza señala que decidieron llevarle a Cala Cortina, lugar solitario y aislado que dista más de dos kilómetros, y hasta cinco kilómetros del domicilio de Diego y de las zonas de patrullaje de los agentes.

Además, la magistrada explica que es una zona carente de toda urbanización o viviendas, tan solo comunicada con el centro de la ciudad por una vía que da acceso al valle industrial de Escombreras, y rodeada de diversas colinas y montes que circundan la cala.

A las 4.55, los agentes se comunicaron con la Sala del 091 informándole que habían resuelto la intervención tranquilizando a Diego e indicándole los pasos a seguir, "ocultando a la sala, a sabiendas de su ilicitud, que los tres vehículos policiales se estaban trasladando a la Cala con la víctima a bordo", añade la magistrada.

Aproximadamente a las 5.00 horas, los vehículos policiales llegaron a Cala Cortina, circulando con las luces de posición del puente superior apagadas, al objeto de pasar desapercibidos, cruzándose con dos patrullas de la Policía Portuaria de Cartagena que les preguntaron por su presencia en el lugar, dando los agentes respuestas evasivas sobre la misma.

Según el auto, los acusados procedieron a propinar golpes a Diego "con ánimo de atentar contra su vida" o "asumiendo esta posibilidad", y "aprovechándose de su superioridad numérica, física y del aislamiento del lugar a esa hora que disminuían o anulaban las posibilidades de defensa o auxilio".

Como resultado de la agresión, le causaron la muerte "por rotura de las vértebras del cuello", para, a continuación, "arrojar el cadáver al mar desde algún punto de la bahía".

El hermano de la víctima denunció su desaparición del día 13 de marzo de 2014, habiendo contactado por última vez con Diego en conversación telefónica la noche del día 10 de marzo de ese mismo año. Tras la denuncia de desaparición, la Policía Nacional, con aviso a Policía Local y Guardia Civil, un dispositivo de búsqueda del desaparecido del que fueron informados los agentes acusados, quienes, de común acuerdo, continuaron ocultando su actuación.

El cadáver de Diego fue hallado en la bahía de la playa de Cala Cortina, dos semanas después, en la mañana del día 25 de marzo de 2014, practicándose la autopsia del mismo a las 9.00 horas del día 26 de marzo.

El informe definitivo, una vez recibidos los informes de toxicología, histopatología y demás pruebas complementarias, concluyó que Diego presentaba lesiones traumáticas vitales en estructuras cefálicas, oftálmicas y faciales y murió como consecuencia de una acción violenta homicida, por destrucción de los centros neuronales superiores debido a la fractura de la vértebra C-3 y fracturas trabeculares desde la C-2 a la C-7.

Tras la aparición del cadáver y pese a haber sido preguntados al respecto en diversas ocasiones en el seno de la investigación iniciada, los acusados "nuevamente ocultaron de forma reiterada su actuación", añade el auto.

Los acusados fueron detenidos en fecha de 6 de octubre de 2014, acordándose la prisión provisional de los mismos el 8 de octubre del mismo año por Auto del Juzgado de Instrucción n° 4 de Cartagena, y su libertad provisional, una vez concluida la instrucción de la causa por Auto de 17 de diciembre de 2015.

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