La Abogacía quiere tener voz en la responsabilidad civil del 1-O y recurre su exclusión en las multas a Artur Mas

Actualizado: martes, 27 noviembre 2018 14:26

Pide al Tribunal de Cuentas tener legitimación en el proceso por responsabilidad civil del 9-N para poder tenerlo en el del 'procés'

MADRID, 27 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Estado entiende que está legitimimado para reclamar por la responsabilidad contable del expresident de la Generalitat Artur Mas en relación con la consulta independentista del 9 de noviembre en Cataluña y por eso recurrirá la sentencia del Tribunal de Cuentas que, pese a condenar al exmandatario y a nueve de sus consejeros al pago de 4,9 euros, rechazó la legitimidad de la Abogacía del Estado para personarse en este procedimiento.

Así han señalado a Europa Press fuentes de los Servicios Jurídicos del Estado, que añaden que no cabe esta falta de legitimidad y que es importante restablecer la cuestión de cara a otros procedimientos, como es el del 'prócés' independentista en Cataluña que se sustancia en el Tribunal Supremo.

Recuerdan que la propia Abogacía del Estado, en el escrito de calificación provisional presentado en la causa del 'procés', alude a que sea el Tribunal de Cuentas el que dirima las responsabilidades civiles que deriven del procedimiento. Es importante, por ello, asegurar que se declara la plena legitimación de los Servicios Jurídicos del Estado a la hora de poder reclamar por el dinero público desviado de forma irregular también en este caso.

RECLAMÓ LOS FONDOS PARA LA GENERALITAT

El Tribunal de Cuentas desestimó la acusación de la Abogacía del Estado en la causa por la organización de la consulta independentista del 9 de noviembre de 2014 en Cataluña porque no reclamó que los fondos empleados para esta votación fueran reintegrados en favor del Estado, sino de la Generalitat.

En la sentencia en la que condena al expresidente catalán Artur Mas y nueve de sus exconsejeros al pago de 4,9 millones de euros, el tribunal recalca que la legitimación de la Abogacía del Estado para personarse en este procedimiento depende "exclusivamente" de que "existiera la posibilidad de que los hechos pudieran haber afectado a fondos estatales".

Sin embargo, los magistrados del Tribunal de Cuentas explicaron en su resolución que para determinar esa legitimación debía atenderse lo que se decía en la demanda, de manera que, tratándose de la Administración del Estado, esa legitimación existiría solo si la reclamación se basa en daños a los fondos públicos de los que sea titular dicha Administración.

Según indica la sentencia, la Abogacía del Estado no precisaba en la demanda de su representación procesal si la indemnización que reclamaba era para la Administración estatal o para Cataluña, si bien más adelante, en el hecho tercero, afirmaba que "el reintegro es en favor de la Generalitat, que tiene atribuida la titularidad en gestión de los caudales públicos".

La Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas, conforme recuerda la sentencia, "atribuye la legitimación activa para el ejercicio de acciones de responsabilidad contable, además de al Ministerio Fiscal, a la administración o entidad pública perjudicada".

Es más, la Administración del Estado añadía que no está legitimada ante una jurisdicción contable como es el Tribunal de Cuentas para reclamar indemnizaciones para otras administraciones públicas, en particular, las autonómicas o locales, una cuestión que el Gobierno pedirá ahora que se revise.

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