El abogado de Mario Conde ve "excesivo" que el exbanquero vaya a prisión incondicional

Mario Conde en el año 2009
MARCELO DEL POZO / REUTERS
Actualizado: miércoles, 13 abril 2016 22:14

MADRID, 13 Abr. (EUROPA PRESS)

La defensa del exbanquero Mario Conde, ejercida por el abogado Ignacio Peláez, ha calificado de "excesiva" la decisión del juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz de enviar a prisión incondicional a su cliente, al entender que este no va a "entorpecer" la investigación sobre la presunta repatriación de, al menos, 13 millones de euros procedentes del 'caso' Banesto.

Peláez se ha expresado así en declaraciones a los medios de comunicación a las puertas de la Audiencia Nacional, donde ha puesto de relieve que su representado ha colaborado en el registro de su domicilio y siempre ha estado localizable ante la Justicia.

El letrado se ha opuesto en la 'vistilla' celebrada en la Audiencia Nacional a la petición de la fiscal Elena Lorente de enviar a prisión a su patrocinado, alegando que "nunca ha quebrantado su obligación de comparecer" tras obtener el tercer grado por el caso 'Banesto' y ha permanecido localizable durante los permisos. A su juicio, tampoco existe riesgo de destrucción de pruebas puesto que su representado ha facilitado "todos los datos y claves de sus ordenadores".

Pedraz ha decretado este miércoles el ingreso en prisión incondicional de Mario Conde, que presidió Banesto desde 1987 hasta que fue intervenido en 1993 por el Banco de España y que este miércoles volverá a pisar la cárcel después de haber obtenido la libertad condicional en julio de 2008 tras cumplir condena en Alcalá Meco por el saqueo de la entidad.

La primera vez que el exbanquero entró en la cárcel fue en diciembre de 1994 cuando apenas permaneció 30 días en prisión preventiva por el 'caso Banesto. El 26 de febrero de 1998 fue de nuevo encarcelado por el 'caso Argentia Trust' hasta que el 9 de agosto de 1999 obtuvo la libertad condicional por esta causa. Este miércoles será conducido a Soto del Real.

El juez Pedraz ha dejado en libertad con comparecencias semanales, prohibición de abandonar el país y retirada del pasaporte a su hijo Mario Conde--que se ha negado a declarar-- y a los presuntos testaferros Francisco de Asís Cuesta, María Cristina Álvarez Fernández y Roland Stanek. Por su parte, ha enviado a prisión incondicional al abogado Francisco Javier de la Vega y ha impuesto arresto domiciliario para su hija Alejandra Conde.

Los siete detenidos en el marco de la operación 'Fénix' han comparecido este miércoles ante Pedraz por delitos de blanqueo de capitales, organización criminal, frustración de la ejecución --de sentencias dictadas contra Conde como la del 'caso Banesto' y otras-- y ocho delitos contra la Hacienda Pública.

El yerno de Conde, Fernando Guasch, que quedó el lunes en libertad tras ser detenido por la Guardia Civil, otros seis investigados vinculados al exbanquero por estrechos lazos familiares y personales, comparecerán en los próximos días.

La investigación partió de una comunicación del Servicio de Prevención del Blanqueo de Capitales (SEPBLAC) que sirvió para dar inicio a las pesquisas en septiembre de 2014. Tras más de año y medio de búsqueda de indicios, Anticorrupción presentó una querella el pasado 29 de marzo, que fue asumida por el Juzgado Central de Instrucción número 1.

La operación indaga si las sociedades en España se encontraban a nombre de terceras personas. El dinero se repatriaba, en pequeñas cantidades, desde el exterior a territorio nacional a través de préstamos, ampliaciones de capital e ingresos en efectivo.

El que fuera presidente de Banesto fue condenado a prisión --en 2002 el Supremo elevó su pena hasta 20 años-- por estafa y apropiación indebida en el llamado 'Caso Banesto'. El banco que presidía fue intervenido en 1993 por el Banco de España tras registrar un agujero patrimonial de 2.700 millones de euros.

En concreto, fue condenado en las causas conocidas como 'Argentia Trust' (sentencia de la Sala de la Audiencia Nacional de 20 de marzo de 1997 y del Tribunal Supremo de 26 de febrero de 1998) y 'Banesto' (sentencia de la Sala de la Audiencia Nacional de 31 de marzo de 2000 y del Tribunal Supremo de 29 de julio de 2002).

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