Los abogados de los CDR reclaman acceder al interrogatorio de los dos detenidos que declaran, pese a ser causa secreta

Actualizado: jueves, 26 septiembre 2019 16:20

MADRID 26 Sep. (EUROPA PRESS) -

Los abogados agrupados en la plataforma Alerta Solidaria, que representa a cinco de los siete miembros de los CDR puestos a disposición de la Audiencia Nacional por un presunto delito de terrorismo, han registrado un escrito este jueves en el que reclaman poder asistir a la declaración ante el juez de los dos detenidos que han optado por abogados de oficio y que en las primeras horas decidieron responder a las preguntas de la Guardia Civil, según informan en fuentes jurídicas.

En total, nueve personas fueron detenidas en la denominada 'operación Judas' desplegada por la Guardia Civil el lunes en distintos puntos de Barcelona. Dos quedaron en libertad con medidas cautelares y los otros siete han pasado a disposición del juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón en las últimas horas.

Sin embargo, no siguen la misma estrategia: Cinco están representados por la misma agrupación de abogados y los dos restantes, van por su cuenta y hasta ahora, han venido respondiendo a los interrogatorios en sede policial. Uno de ellos, de hecho, lleva prestando declaración ante el juez y la Fiscalía desde pasadas las once de esta mañana.

Los letrados del resto se quejan de que no se les haya permitido entrar a esa declaración ni conocer su contenido, que podría afectar a sus propios clientes y, por eso, han registrado un escrito a primera hora de esta mañana en el Juzgado Central de Instrucción 6 de la Audiencia Nacional para requerir que se les diera acceso a todos los interrogatorios. No han recibido respuesta, de acuerdo a las mismas fuentes.

Con todo, esta causa iniciada hace más de un año está bajo secreto, lo que elimina esa posibilidad. Según el artículo 302 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, cuando se trata de un delito público el juez puede acordar declarar total o parcialmente secretas para todas las partes personadas unas diligencias por plazo no superior a un mes.

Este periodo máximo es ampliable si se trata evitar un riesgo grave para la vida, libertad o integridad física de otra persona o prevenir una situación que pueda comprometer de forma grave el resultado de la investigación o del proceso.

SÓLO CONOCEN EL CARGO POR TERRORISMO

No es la única queja que han expresado las defensas de los detenidos, quienes lamentan además que han sabido por los medios de comunicación de los cargos que se les podrían imputar. Según afirman fuentes de este entorno, a los detenidos sólo se les informó en el momento de la entrada y registro y cuando fueron trasladados a dependencias de la Guardia Civil de que la razón obedecía a la investigación de un presunto delito de terrorismo, pero no de rebelión o de tenencia de explosivos.

En cualquier caso, el delito de terrorismo tal y como lo define el Código Penal ya engloba la tenencia, tráfico y depósito de armas, municiones o explosivos cuando tuviera por finalidad la comisión de cualquier delito grave contra la vida o la integridad física, la libertad, la integridad moral, la libertad e indemnidad sexuales, el patrimonio, los recursos naturales o el medio ambiente, la salud pública, de riesgo catastrófico, incendio, de falsedad documental, contra la Corona o de atentado.