AENA propone ampliar el Edificio Terminal y la construcción de un helipuerto en el aeropuerto de Palma de Mallorca

Aeropuerto de Palma
EP
Europa Press Nacional
Actualizado: viernes, 29 mayo 2009 19:15

PALMA DE MALLORCA 29 May. (EUROPA PRESS) -

Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) publica este viernes la propuesta de revisión del Plan Director del Aeropuerto de Palma de Mallorca y, como parte del procedimiento de evaluación ambiental estratégica, somete también este viernes a información pública el Informe de Sostenibilidad Ambiental, según informó la entidad en un comunicado.

Entre las principales actuaciones previstas en esta Propuesta de Revisión del Plan Director del Aeropuerto de Palma de Mallorca figuran la ampliación del Edificio Terminal y los módulos de embarque A, D y D, la dotación de un nuevo Servicio de Extinción de Incendios (SEI) y la construcción de un helipuerto.

En el campo de vuelo, las nuevas actuaciones contemplan la calle ortogonal de acceso a pista junto a la cabecera 06R y la adecuación de apartadero de espera en la cabecera 06R. En la Plataforma, la construcción de un helipuerto y la ampliación de la plataforma comercial.

En la zona de pasajeros, se propone asimismo ampliar el edificio de aparcamientos junto al Edificio Terminal y un aparcamientos de larga estancia y en la de servicios; aparcamientos para el personal de AENA, nuevos viales de servicio en la ampliación de la plataforma y la ampliación de la zona para un segundo operador de combustible.

En la zona de actividades complementarias se contemplan aparcamientos para grúas y vehículos de las Fuerzas y Cuerpos del Estado, aparcamientos para vehículos de alquiler, modificación de los viarios y ordenación y urbanización de la zona de actividades complementarias, mientras que en navegación aérea figuran un nuevo centro de receptores, ampliación de dependencias de Navegación Aérea, y la actualización de los sistemas de Comunicaciones y equipo SACTA.

ADQUISICIÓN DE TERRENOS

Según AENA, la adquisición de terrenos permite llevar a cabo las actuaciones que no están dentro del límite actual del aeropuerto o disponer de las servidumbres correspondientes.

El Plan Director de un aeropuerto es un instrumento de planificación de naturaleza estrictamente aeroportuaria, que define las grandes directrices de ordenación y desarrollo del aeropuerto hasta alcanzar su desarrollo previsible, teniendo por objeto la delimitación de la Zona de Servicio del Aeropuerto, contribuyendo, a su vez, a la adecuada ordenación de la misma.

En ella se incluyen las superficies necesarias para la realización, "de forma segura y eficaz", de las actividades aeronáuticas, así como los espacios de reserva que garantizan la posibilidad de desarrollo y expansión del aeropuerto, comprendiendo todos aquellos terrenos que sean necesarios para tal finalidad, permitiendo la adecuación de las infraestructuras aeroportuarias a la demanda estimada de pasajeros, aeronaves y mercancías.

"DE INTERÉS GENERAL"

Como figura jurídica desarrollada al amparo del Real Decreto 2591/1998, el Plan Director de un aeropuerto de interés general se aprueba por Orden Ministerial. Su finalidad es la de proteger y salvaguardar los terrenos necesarios para la "correcta adecuación del aeropuerto a su desarrollo natural de crecimiento previsto, sin que otras competencias concurrentes sobre el espacio aeroportuario, como los planes generales y demás instrumentos generales de ordenación urbana, puedan incluir determinaciones que supongan interferencia o perturbación en el ejercicio de las competencias de la explotación aeroportuaria".

Una vez aprobado el Plan Director AENA formulará un Plan Especial que, una vez, aprobado por la Administración urbanística competente, integrará el documento de planeamiento aeroportuario en el territorio y logrará una planificación territorial y aeroportuaria "conjunta, razonable y ponderada".

El proceso contempla un plazo de 45 días de información pública para la tramitación de la evaluación medioambiental de la Propuesta de Revisión del Plan Director del Aeropuerto, conforme a la Ley 9/2006. Durante esos 45 días se pueden presentar alegaciones a la evaluación ambiental.

Paralelamente al procedimiento ambiental, la Propuesta de Revisión de Plan Director se somete a información de las administraciones públicas afectadas por la delimitación de la Zona de Servicio del Aeropuerto que ostentan competencias en materia de ordenación del territorio y de urbanismo, conforme a lo recogido en el artículo 5, apartado 3, del RD 2591/1998, así como a los Departamentos Ministeriales especificados en el apartado 4 del mismo artículo.

Posteriormente al proceso de consultas e información pública, la Propuesta de Revisión del Plan Director tomará en consideración el Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA), así como las alegaciones formuladas y se elaborará la Memoria Ambiental conjuntamente entre AENA y el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, con carácter previo a la aprobación.

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