AMP- El Gobierno aprueba la modificación del REF de Canarias para "potenciar el desarrollo económico" de las islas

Actualizado: viernes, 19 diciembre 2014 15:55

MADRID 19 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno ha aprobado este viernes el decreto ley que modifica el Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias, el cual, según la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, supondrá mayores incentivos fiscales para "potenciar el crecimiento y el desarrollo económico" en las islas y la creación de empleo.

Respecto a la Zona Especial Canaria, Santamaría ha señalado, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que se posibilita la actuación en todo el territorio del archipiélago, se amplía el número de actividades que pueden desarrollarse y se recogen "mejoras fiscales significativas".

Por ejemplo, ha indicado que las empresas dedicadas a las exportaciones a África Occidental o las que favorecen las actividades más avanzadas tecnológicamente "se van a ver muy beneficiadas". El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, ha destacado que este es el REF "más ambicioso y más cargado de incentivos fiscales" que ha tenido Canarias.

La vicepresidenta, que ha resaltado la "estrecha comunicación" que ha mantenido el Gobierno con el Ejecutivo autonómico y la "intensa negociación" con Bruselas, ha indicado que ahora el decreto ley se remite al Parlamento de Canarias para recabar su informe preceptivo antes de la convalidación.

El texto fue consensuado con el Gobierno canario y ya ha obtenido el visto bueno de la Comisión Europea. La nueva regulación se aplicará para el período 2015-2020, si bien las entidades inscritas entonces en la Zona Especial Canaria (ZEC) podrán beneficiarse del régimen fiscal hasta diciembre de 2026.

Respecto a la ZEC, las novedades radican en la "potenciación de las inversiones en las entidades ZEC" pues sus socios podrán aplicarse plenamente la deducción por doble imposición. En paralelo, el Gobierno explica que "se potencia este incentivo fiscal con la finalidad de crear empleo pues se posibilita que las entidades actúen sin limitación en todo el archipiélago". Además, se amplía el número de actividades que pueden desarrollarse y aumentan "significativamente" los límites sobre los que puede operar el tipo reducido del 4% vinculándose de manera directa a la creación de empleo.

En concreto, el ámbito geográfico de la ZEC se extenderá a todo el territorio de Canarias para las actividades permitidas. Su ámbito subjetivo no se limitará a personas jurídicas de nueva creación sino que se admitirá la inscripción de sucursales.

En cuanto a la reserva para inversiones en Canarias (RIC), se trata de un incentivo fiscal a la inversión en las islas para entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades que dispongan de establecimientos en Canarias, contribuyentes del IRPF en estimación directa que obtengan rendimientos de actividades económicas en el archipiélago o personas físicas en territorio español que operen en Canarias mediante establecimiento permanente.

DEDUCCIONES POR INVERSIONES EN ÁFRICA

Por otro lado, se crean de la deducción por inversiones en África Occidental y actividades de exportación. El objetivo, según el Gobierno, es incrementar las inversiones en Canarias dirigidas a facilitar y promover la utilización del Archipiélago como plataforma para exportaciones a países del África Occidental se fija el establecimiento de deducciones de la cuota íntegra: el 15 o el 10 por ciento, según se trate de pequeñas o medianas empresas (conforme a la definición comunitaria), de las inversiones que efectivamente se realicen en la creación de filiales o establecimientos permanentes en Marruecos, Mauritania, Senegal, Gambia, Guinea Bissau y Cabo Verde.

Así, debe producirse un incremento de la plantilla en Canarias en el período impositivo en que se aplique la deducción respecto de la del período impositivo anterior y mantenerse dicho incremento durante 3 años. En el caso de las filiales, la participación en las mismas se deberá ostentar por entidades con domicilio fiscal en Canarias.

El 15 o el 10 por ciento, según se trate de pequeñas o medianas empresas, de los gastos de propaganda y publicidad de proyección plurianual para lanzamiento de productos, de apertura y prospección de mercados en el extranjero y de concurrencia a ferias, exposiciones y manifestaciones análogas incluyendo en este caso las celebradas en España con carácter internacional.

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