AMPL.-Garzón.-TS valida las correcciones ordenadas por Varela en escritos de acusación con un voto discrepante

Actualizado: viernes, 24 septiembre 2010 15:41

La mayoría afirma que la subsanación sólo afectó a elementos "sobrantes", por lo que no se causó indefensión a Garzón

MADRID, 24 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rechazado los dos recursos de apelación presentados por el juez Baltasar Garzón contra las decisiones del magistrado Luciano Varela --que instruyó la causa abierta contra él por prevaricar al investigar los crímenes franquistas-- en las que ordenó a las acusaciones particulares representadas por Manos Limpias y Falange Española y de las JONS subsanar sus escritos de acusación y, una vez concluido el plazo de correcciones, expulsó de la causa a esta última.

Por primera vez, un magistrado del Supremo -Joaquín Giménez- discrepa del resto de sus compañeros al estimar que no debió darse esta oportunidad de subsanación a las acusaciones.

Ambos autos, que tienen fecha de 28 de julio, han sido notificados este viernes y su ponente es el magistrado Adolfo Prego. Responden a dos recursos presentados por Garzón, cuya defensa calificó de irregular que Varela viera defectos en los escritos y ordenara su subsanación, por lo que pidió que fueran anulados y la causa archivada al no existir ninguna otra acusación en el proceso.

La Sala estima, sin embargo, que Varela no infringió norma alguna esencial del procedimiento por falta de imparcialidad, y que por ello "no concurre la alegada nulidad de pleno derecho que el recurrente invoca".

Sobre el escrito inicial de Manos Limpias -en el que el sindicato de funcionarios solicita que Garzón sea inhabilitado por 20 años-, la Sala de lo Penal señala que los defectos advertidos por Varela "no consistían en carencia de lo necesario para su validez sino en la inclusión de elementos sobrantes, perfectamente separables e identificados en su contenido".

En segundo lugar, estima la Sala que "ni la inclusión de lo sobrante ni el requerimiento de su eliminación acarrean ni pueden acarrear indefensión alguna al recurrente".

Sobre el escrito de Falange - que fue expulsada de la causa después de no presentar en plazo su escrito subsanado-, la Sala considera que "resultaba arduo" diferenciar los hechos imputados a Baltasar Garzón de las valoraciones y argumentaciones expresadas por este partido, "lo que podría valorarse como un defecto dotado de las exigencias" previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial para calificarlo de "defectuoso".

VOTO PARTICULAR.

El magistrado Giménez disputó hace unos días la presidencia de la Sala de lo Penal del Supremo a Juan Saavedra, que fue ayer reelegido por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

En los votos particulares que ha presentado contra la decisión de la mayoría, Giménez subraya que no cabe la opción intermedia de enmendar los escritos. Es decir, si se hubieran dado por buenos, debería haberse seguido tramitando la causa sin más, y que si contenían defectos deberían haberse anulado y por tanto archivarse el procedimiento, puesto que la Fiscalía no acusa.

"La acusación ha de ser clara, concreta y comprensible y ello es, a mi juicio, con respeto a la opinión mayoritaria, exclusiva responsabilidad de quien sostenga la acusación sin que deba haber interferencia o indicación alguna por parte del juez instructor, tendente a facilitar el ejercicio de la acusación", señala el discrepante en su voto particular.

El pasado 23 de abril, Varela expulsó de esta causa a Falange Española y de las JONS tras haber expirado, sin resultado, el plazo que le había dado un día antes para que subsanara los errores formales del escrito de acusación que presentó contra el Baltasar Garzón. Varela ordenó también a Manos Limpias eliminar determinados párrafos de su escrito por entender que incluían hechos ajenos al objeto del procedimiento, si bien el sindicato de funcionarios sí presentó un escrito corregido que se dio por bueno.

La admisión de al menos uno de estos escritos era condición indispensable para que Varela pueda dictar auto de apertura de juicio oral contra Garzón, como hizo posteriormente, puesto que la Fiscalía no le acusa en este procedimiento.

Fuentes de la acusación han señalado a Europa Press que, una vez conocida esta decisión de la Sala, tan sólo queda resolver un asunto menor, relativo al recurso que interpuso Falange tras ser expulsada, y que después el tribunal deberá reunirse para fijar ya una fecha para el comienzo del juicio contra Garzón.

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