La AN absuelve a los 15 acusados del juicio del 'caso Efial', incluidos aquellos que reconocieron los hechos

Archivo - Entrada de la Audiencia Nacional, a 13 de septiembre de 2024, en Madrid (España).
Archivo - Entrada de la Audiencia Nacional, a 13 de septiembre de 2024, en Madrid (España). - Gustavo Valiente - Europa Press - Archivo
Publicado: martes, 10 diciembre 2024 11:53

El tribunal recuerda que "es libre para valorar la prueba" pese a los acuerdos de los encausados con Fiscalía

MADRID, 10 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Nacional (AN) ha absuelto a los 15 acusados que se sentaron en el banquillo de los acusados en el juicio del 'caso Efial', incluidos los seis que reconocieron los hechos y que aceptaron las penas que solicitaba para ellos la Fiscalía Anticorrupción, al no apreciar ilegalidad en la adjudicación de contratos públicos para una serie de obras pequeñas en ayuntamientos de la Comunidad de Madrid.

En un fallo, recogido por Europa Press, la Sala de lo Penal indica que, aunque algunos de los acusados "aceptaron los hechos", el juicio "se celebró para todos los acusados", no tratándose "de una conformidad propiamente dicha". Así, y aplicando doctrina jurisprudencial, la Sección Cuarta deja claro que el tribunal "es libre para valorar la prueba".

Pese al reconocimiento de los hechos por parte de algunos acusados, la Audiencia explica que el delito de prevaricación exige que la resolución en cuya adopción se participa sea arbitraria y antijurídica, situación que no concurre en este caso a la vista practicada en la vista oral, por lo que procede la absolución. Aprecia que la conducta de alguno de los acusados pudiera "ser merecedora de un reproche ético o moral, pero no es merecedora de reproche penal".

En la vista oral, celebrada el pasado mes de noviembre, se enjuiciaron contratos suscritos entre 2010 y 2015 entre la entonces denominada consultora CGI --anteriormente Efial-- con los ayuntamientos madrileños de Chinchón, Collado Villalba, Getafe, Velilla de San Antonio, Meco, Móstoles y Torrejón de Ardoz.

Los acusados, entre quienes se encontraban alcaldes, técnicos municipales, funcionarios y los gestores de CGI, se enfrentaban a penas de inhabilitación para cargo o empleo público por un delito de prevaricación administrativa continuada de entre 12 años y cuatro años y medio, según el escrito de acusación de la Fiscalía.

NO SE DIRECCIONÓ EL CONCURSO

El tribunal, en contra de lo sostenido por Anticorrupción, sostiene que no hubo irregularidades en la adjudicación de los contratos. En el caso del Ayuntamiento de Getafe, por ejemplo, los magistrados explican que en el contrato para la recaudación ejecutiva municipal, los acusados de la empresa CGI no participaron, ni colaboraron, ni efectuaron indicaciones de ningún tipo, "no habiendo resultado probado que dicho concurso fuera direccionado a favor de la entidad CGI".

"Ninguna de las cláusulas introducidas en el pliego por los acusados, beneficiaba o favorecía a CGI pues suponía una mayor carga de trabajo a un menor precio, razón por la cual afectaba por igual a todas las empresas licitadoras", aclara el fallo.

Además, los magistrados indican que los pliegos fueron informados de forma favorable por el jefe de los Servicios de Planificación, por los Servicios Jurídicos, por el jefe del servicio de Personal, por la Intervención Municipal, por la Sindicatura de Cuentas de Madrid y por la intervención General del Estado.

SIN "IRREGULARIDAD, TACHA O REPROCHE"

El tribunal afirma que ninguno de ellos halló "ningún tipo de irregularidad ni se efectuó tacha o reproche alguno". Además, añade que en el concurso participaron cinco empresas en la licitación saliendo adjudicataria CGI. "Ninguna impugnó los pliegos, ni la valoración de las ofertas ni los criterios de puntuación, los cuales estaban debidamente definidos y ponderados. Tampoco impugnaron el concurso ni su resultado", apostilla.

En otro de los contratos, el del Ayuntamiento de Vellilla de San Antonio, la sentencia absuelve a la actual alcaldesa, Antonia Alcázar, al considerar probado que esta, únicamente, se limitó a abonar unos pagos de un contrato de recaudación firmado por el anterior regidor y que, de no haberlo hecho, no se habría podido prestar el servicio con los medios del propio consistorio.

"Yo he sido investigada, imputada y acusada por regularizar un hecho que me encontré mal y que sigue estando regularizado hasta el día de hoy, como no podía ser de otra forma. Yo no sé si soy una mujer fuerte, no sé si soy una buena alcaldesa, pero sí sé que tengo dos hijas. Una empezó este proceso en el instituto y lo ha acabado en el máster. La pequeña empezó en el instituto y está acabando la carrera. Es durísimo para mí y para mis hijas este proceso", aseguró Alcázar durante el juicio.

En relación con otra de las acusadas, la que fuera interventora en los Ayuntamientos de Torrejón de Ardoz y Chinchón Lucía Mora, la Sala señala que no ha quedado acreditado que fuera interventora de Velilla de San Antonio, por lo que resulta "materialmente imposible" que pudiera concertarse con uno de los principales acusados para preparar borradores de pliegos de condiciones técnicas con el fin de obtener la adjudicación de una contratación pública en favor de CGI.

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