Archivo - Entrada a la Audiencia Nacional en el momento en el que dos miembros del ente público ICM han sido testigos sobre la supuesta financiación ilegal del PP madrileño en Púnica, a 7 de octubre de 2021, en Madrid, (España). La Fiscalía Anticorrup
Archivo - Entrada a la Audiencia Nacional en el momento en el que dos miembros del ente público ICM han sido testigos sobre la supuesta financiación ilegal del PP madrileño en Púnica, a 7 de octubre de 2021, en Madrid, (España). La Fiscalía Anticorrup - Alejandro Martínez Vélez - Europa Press - Archivo
Publicado: martes, 7 junio 2022 18:26

La reclamada se opuso aludiendo a su arraigo en España pero la Sala asegura que "no consta" esa vinculación

MADRID, 7 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Nacional ha autorizado la extradición a Reino Unido de la fugitiva más buscada del país, Sarah Panitzke, que está acusada de ser la máxima responsable de una trama que blanqueó mas de mil millones de euros mediante el fraude tributario del Impuesto del Valor Añadido (IVA).

De acuerdo con la prensa británica, Panitzke era hasta el momento de su detención la única mujer en la lista de más buscados de la Agencia Nacional contra el Crimen (NCA, por sus siglas en inglés). Huyó en mayo de 2013, antes de que acabara el juicio en el que acabó siendo condenada en rebeldía.

En un auto del pasado 4 de mayo, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Tercera de la Sala de lo Penal acuerda ejecutar la orden de detención y entrega emitida el 21 de octubre de 2013 por un tribunal inglés para que Panitzke cumpla una condena de ocho años de prisión.

Fue a finales del pasado mes de febrero cuando la presunta defraudadora fue detenida en la localidad de Santa Bárbara, en Tarragona, pasando a disposición judicial de la Audiencia Nacional. Esa misma semana el Juzgado Central de Instrucción Número 6 tomó declaración a Panitzke, que rechazó su entrega a su país de origen.

La reclamada explicó que vive en España desde 1996 habiendo trabajado para entidades dedicadas al alquiler vacacional. Desde 2013, según señaló, se dedica a la confección de productos vendidos por familiares de su marido, un ciudadano español con quien se casó en 2005. Esos fueron los motivos por los que, en un origen, solicitó cumplir su pena en España.

Reino Unido pedía su extradición, según recoge la reclamación, por haber sido "la artífice y organizadora de alto rango en la jerarquía de este fraude", habiéndose encargado de redactar "los documentos de control del fraude que envió por correo electrónico al director" de la estafa.

Esta ciudadana británica, que sería la "responsable del blanqueo de un billón de libras esterlinas aproximadamente, controló las contabilidades empresariales de varias compañías de forma remota mediante diferentes direcciones IP".

PERCIBIÓ MÁS DE 1,4 MILLONES DE LIBRAS

Así las cosas, y según las autoridades británicas, "realizó numerosos viajes para ampliar el fraude, a Dubai, España, Reino Unido y Andorra". Además, "personalmente recibió ganancias procedentes de cuentas en Suiza y Andorra por valor de más de 1,4 millones de libras esterlinas".

"La persona en cuestión del año 2005 al 2009 blanqueó las ganancias obtenidas mediante un fraude tributario, en concreto del denominado VAT por sus siglas en inglés (Impuesto sobre el Valor Añadido)", explican, apuntando además que la tasa del IVA en el momento en que se cometió el fraude se situaba en el 17.5%.

El funcionamiento del IVA consiste, añaden, en que el vendedor cobra dicho impuesto añadiéndolo al valor de las mercancías vendidas; esta cantidad la paga el comprador, quien se la reclama a la Agencia Tributaria del Reino Unido mediante la solicitud correspondiente.

"En el caso de artículos electrónicos de gran valor, no se compró ni vendió prácticamente ningún artículo, pero se creó documentación falsa en la que constaban compras y ventas", relata la reclamación expedida por el Reino Unido.

En concreto, "se presentaron las solicitudes a la Agencia Tributaria del Reino Unido para reclamar la devolución del IVA, y la persona en cuestión redactó los documentos mediante los cuales se transfirieron los fondos obtenidos fraudulentamente controló las direcciones IP de las empresas utilizadas para facilitar el fraude".

LA JURISDICCIÓN DE REINO UNIDO, "INCUESTIONABLE"

La Sala accedió por estas razones a su entrega dejando claro que los delitos descritos en la reclamación no tenían una "motivación espuria", recalcando a su vez que la jurisdicción de Reino Unido para enjuiciar los mismos es "incuestionable" en cuanto que las cantidades defraudadas se presentan ante la Agencia Tributaria del país.

Además los magistrados rechazaron los argumentos de Panitzke apuntando que la reclamada es "simplemente una fugitiva que venía ocultándose desde que en mayo de 2013 obtuvo permiso de la justicia de Reino Unido para ausentarse con el compromiso de volver a comparecer".

Esta primera decisión de la Sala de lo Penal llevó a que Panitzke interpusiera un recurso de súplica tratando de paralizar su entrega. Con todo, el Pleno emitió un auto el pasado 25 de mayo rechazando su pretensión y confirmando la extradición al Reino Unido.

En el mismo, los magistrados ponían en duda que la reclamada hubiese demostrado una "efectiva vinculación" con España. "No consta el arraigo del reclamado en el ámbito familiar, social o profesional", apuntaban.

Este auto contó a su vez con el voto particular concurrente formulado por las magistradas María Riera y Teresa Palacios que, pese a coincidir con el criterio general de sus compañeros, consideraban que Panitzke sí que había "demostrado arraigo social, familiar y económico efectivo" como para "considerarla como residente a todos
los efectos en España".

EN CONTRA DE SU ENTREGA

Por su parte el juez José Ricardo de Prada emitió un voto particular discrepante insistiendo en la idea de que la ciudadana británica ya había evidenciado su vinculación con España en los documentos presentados en su caso.

Y es que, a su juicio, debería haberse aplicado la cláusula facultativa aplicado en favor de Panitzke "claudicando de otros motivos de oposición a la entrega, por considerar que existen razones de peso para permitirle mantener ese vinculo con España, pero sobre todo con su familia" en el país.

"En el recurso pone de manifiesto su relación matrimonial con un ciudadano español desde el año 2005 y que esta persona padece de una grave enfermedad, que se dice que se encuentra permanente tratada en el sistema publico de salud español, posibilidad a la que no tendría acceso de tener que trasladar su residencia al Reino Unido", explica De Prada.

A este respecto la defensa de Panitzke alegó que su esposo es un trasplantado de hígado y que tiene una esperanza de vida de 10 años, por lo que no podría trasladarse a Reino Unido.

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