La AN avala la investigación a la cúpula policial del Gobierno de Rajoy por el presunto espionaje a Podemos

Archivo - (I-D) La candidata de Podemos a las elecciones europeas, Irene Montero, el exlíder de Podemos, Pablo Iglesias, y la secretaria general de Podemos, Ione Belarra, ejercen su derecho a voto en el colegio público La Navata, a 9 de junio de 2024, en
Archivo - (I-D) La candidata de Podemos a las elecciones europeas, Irene Montero, el exlíder de Podemos, Pablo Iglesias, y la secretaria general de Podemos, Ione Belarra, ejercen su derecho a voto en el colegio público La Navata, a 9 de junio de 2024, en - Marta Fernández Jara - Europa Press - Archivo
Publicado: miércoles, 31 julio 2024 15:29

MADRID 31 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Nacional ha desestimado un recurso del ex secretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez contra la causa abierta por el juez Santiago Pedraz a raíz de la querella de Podemos contra la antigua cúpula de Interior con el Gobierno de Mariano Rajoy por supuestas investigaciones prospectivas y ajenas al control judicial sobre determinadas personas que conformaban aquella organización política.

Así consta en un auto de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal, recogido por Europa Press, que explica que, en su recurso, Francisco Martínez señalaba que no debía admitirse a trámite la querella al basarse en 23 conversaciones mantenidas por whatsapp que fueron obtenidas en el marco del 'caso Tándem' que se investiga en el Juzgado Central de Instrucción número 6 y en el que ya se había acordado la retirada de esos chats y la prohibición de acceder a ellos.

La Sala argumenta, sin embargo, que la querella de Podemos no solo se basa en los chats mencionados sino también en otros documentos aportados por la querellante y en noticias publicadas en medios de comunicación.

Añade que el Juzgado Central de Instrucción número 5, el de Pedraz, ya ha acordado la práctica de diligencias, entre ellas solicitar al juzgado dirigido por Manuel García-Castellón la información precisa para analizar la posibilidad de la unión definitiva de los chats a la causa, "que llevará a cabo en una pieza separada donde también resolverá el eventual expurgo que proceda".

En otro auto, la Sala desestima el recurso de Podemos contra el auto de la admisión de la querella al haber dejado fuera de la instrucción determinados hechos y personas que la formación política pretendía que se investigaran.

LA INVESTIGACIÓN DE PEDRAZ

Cabe recordar que fue en febrero de 2024 cuando Pedraz admitió parcialmente la querella de Podemos contra el que fuera secretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez, el exdirector Adjunto Operativo (DAO) Eugenio Pino y otros altos cargos de la Policía por las presuntas investigaciones prospectivas y ajenas al control judicial sobre cargos de la formación 'morada'.

Rechazaba, no obstante, investigar al exministro del Interior Jorge Fernández Díaz, al exdirector general de la Policía Nacional Ignacio Cosidó y a otros responsables policiales.

La querella se presentó por delitos de organización criminal, apoderamiento y revelación de secretos, prevaricación administrativa y falsedad documental. También se presentó por malversación y por delito contra las instituciones del Estado, aunque el magistrado desechó de inicio estos dos últimos delitos al no poder ser subsumidos ambos tipos penales en los hechos relatados.

En su escrito, Podemos señalaba que los querellados, bajo el liderazgo del entonces secretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez, "se ocupaban de realizar investigaciones prospectivas y ajenas a cualquier interés policial, no bajo control judicial o del Ministerio Fiscal, sobre las personas que conformaban la organización política".

Además, la formación apuntaba que Martínez daba cuenta periódicamente al ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, con capacidad éste de decisión última, aprovechándose de su condición de autoridad pública y con la colaboración de agentes policiales.

OCHO ACTUACIONES CONCRETAS

El objetivo principal, según el partido, era su posterior filtración a los medios de comunicación bajo el marchamo de fiabilidad de las "fuentes policiales" para desprestigiar ante la opinión pública a la formación, atentando de este modo contra la indemnidad de sus diputados y restantes cargos públicos.

Este modo de operar, indicaba la querella, se concretó en ocho actuaciones, como la investigación al entonces líder del partido Pablo Iglesias en el informe PISA, la filtración de un documento "falsario" de una cuenta a su nombre en el Euro Pacific Bank Limited o la manipulación de documentos o registros policiales internos para otorgar apariencia de legalidad a la actuación de los querellados.

En su auto de admisión, el juez Pedraz explicaba que una vez examinada la querella y verificado que algunos de los hechos serían competencia de la Audiencia Nacional y constitutivos de infracción penal procedía su admisión, aunque de forma parcial.

En cuanto a los hechos y personas que inadmitía, el magistrado afirmaba que del relato de la querella no aparecía afirmada y sustentada indiciariamente que todos los querellados participaran en sus actuaciones con la finalidad criminal que se imputa.

En este sentido, no apreciaba que Fernández Díaz, Cosidó o los excargos policiales Bonifacio Diez Sevillano, José Manuel García Catalán, Manuel Vázquez López y Mariano Hervás intervinieran en la investigación de hechos relativos a diputados con la finalidad delictiva atribuida en la querella y sin el cumplimiento de las normas legales exigidas para realizar una investigación de los diputados.

"Debe señalarse que ni del ministro Jorge Fernández Diaz o del director general de la Policía, Ignacio Cosidó, no se relata más que una suposición de que por los cargos que ostentaban deberían conocer y autorizar los hechos. Dicha imputación es insuficiente para admitir la querella contra los mismos", explicaba el magistrado.

EL INFORME DE ASUNTOS INTERNOS

Tras varios meses de investigación, la Unidad de Asuntos Internos de la Policía Nacional informó a Pedraz de que durante los años 2015 y 2016 se realizaron consultas en bases policiales sobre 55 diputados de esa formación.

Así constaba en la documentación enviada por Asuntos Internos al Juzgado Central de Instrucción número 5 en respuesta al requerimiento del juez, que el 27 de marzo pidió una relación de las solicitudes de acceso por funcionarios policiales a los ficheros informatizados durante esos dos años y que tuvieran por objetivo los nombres de los diputados 'morados'.

Esa petición fue remitida, según consta en la documentación, a la Unidad de Informática y Comunicaciones que, a su vez, elaboró una certificación de consultas realizadas en las bases de datos policiales en la que indicó tanto el funcionario como la fecha y hora de la consulta.

El listado de diputados sobre los que se realizaron consultas, al que también ha tenido acceso esta agencia de noticias, indica que, al menos, 55 diputados electos en las elecciones generales de diciembre de 2015 y de 2016 y que pertenecían a Podemos, En Comú Podem, En Marea y Compromís --o a la coalición que formaron-- fueron objeto de búsqueda en esas bases de la Policía Nacional.

Así, aparecen nombres como el del que fuera secretario general de Podemos Pablo Iglesias, la exministra de Igualdad Irene Montero, la actual secretaria general de Podemos, Ione Belarra, o la actual ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.

También aparecen nombres como el del portavoz de Sumar en el Congreso y fundador de Podemos, Iñigo Errejón, el que fuera diputado por Compromís Joan Baldoví, la exdiputada Carolina Bescansa o el actual ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy.

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