La AN rechaza recusar al presidente del tribunal que juzgará a Francisco Camps por una pieza del caso 'Gürtel'

Archivo - El expresidente del PP de la Comunidad Valenciana, Francisco Camps, comparece en rueda de prensa, en el Hotel Helen Berger de Valencia, a 17 de noviembre de 2021, en Valencia, Comunidad Valenciana (España). La titular del Juzgado de Instrucció
Archivo - El expresidente del PP de la Comunidad Valenciana, Francisco Camps, comparece en rueda de prensa, en el Hotel Helen Berger de Valencia, a 17 de noviembre de 2021, en Valencia, Comunidad Valenciana (España). La titular del Juzgado de Instrucció - Jorge Gil - Europa Press - Archivo
Publicado: jueves, 3 marzo 2022 14:31

La Sala, que ya rechazó apartar al juez De Prada, señala que la recusación se presentó fuera de plazo

MADRID, 3 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Penal ha rechazado de plano la recusación planteada por el expresidente de la Generalitat valenciana Francisco Camps contra el magistrado José Antonio Mora Alarcón, el presidente del tribunal que juzgará la pieza número 5 del caso 'Gürtel', relativa a los contratos adjudicados a Orange Market.

En una providencia de este mismo jueves, a la que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados de la Sección Segunda recuerdan que Camps conocía la composición del tribunal desde el pasado 13 de diciembre, cuando le fue notificada.

Desde entonces, apuntan, ha transcurrido "con creces el plazo de diez días establecido en la ley para plantear un incidente de recusación". El que fuera dirigente 'popular' presentó su recurso el pasado 28 de febrero, varios meses después de conocer que Mora integraba el tribunal.

Pero es que, además, también habría sobrepasado el plazo de diez días desde que le fue notificado el auto de inadmisión de la recusación que planteó para apartar a otro magistrado: José Ricardo de Prada.

CRITICÓ SUS SUPUESTOS VÍNCULOS CON PSOE Y UNIDAS PODEMOS

Camps recusó a este último aduciendo a sus supuestos vínculos con PSOE y Unidas Podemos porque le propusieron como miembro de un comité asesor en materia de justicia universal y como candidato a ocupar uno de los 20 puestos del próximo Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

La Sala lo frenó exponiendo que "la selección de un perfil específico encarnado en la persona de un profesional concreto no puede considerarse como motivo de dependencia o amistad que pueda afectar al imparcial ejercicio de la función jurisdiccional ordinaria".

Esa resolución, redactada por Mora, fue el motivo por el que se decidió a recusar también a Mora, una pretensión que ha vuelto a ser frenada por la Audiencia Nacional.

En este contexto, la Sala también apunta que la falta de imparcialidad e interés directo que apunta no puede sostenerse, asegurando que "lo alegado" en el escrito de Camps "es del todo erróneo", puesto que "ni José Antonio Mora Alarcón es superior jerárquico de José Ricardo de Prada y, al contrario de lo que alega en su recurso, es más antiguo en el escalafón que el señor de Prada".

Por último, la Sección Segunda recuerda que Camps "tampoco impugnó, en su momento, la designación" de Mora para "la instrucción del incidente ni la resolución del mismo, no pudiéndose ahora pronunciar el tribunal, por la vía propuesta y fuera de todo plazo legal, sobre actos que son competencia exclusiva del Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional".