La AN suma una sexta política de Bildu condenada por terrorismo que tiene aparejada responsabilidad civil

Archivo - Fachada de la Audiencia Nacional, a 14 de junio de 2022, en Madrid (España).
Archivo - Fachada de la Audiencia Nacional, a 14 de junio de 2022, en Madrid (España). - Gustavo Valiente - Europa Press - Archivo
Actualizado: jueves, 22 junio 2023 18:43

Se trata de Begoña Uzkudun, que renunció al cargo de concejal de Errezil tras ser elegida por contar con delitos de sangre

MADRID, 22 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Nacional ha incluido el nombre de la política de EH Bildu Begoña Uzkudun en la lista de cargos de la formación abertzale que, habiendo sido condenados por terrorismo, en su pena llevan aparejada responsabilidad civil. Se da la circunstancia de que Uzkudun renunció a tomar posesión del cargo después de que la formación de Arnaldo Otegi señalara que quien tuviera delitos de sangre no asumiría el cargo.

Su nombre se suma así al de los otros 5 ex miembros de ETA con condenas que conllevan indemnizaciones que han sido detectados por el Servicio Común de Ejecutorias de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional a raíz de una lista de 21 cargos de Bildu que facilitó la asociación de víctimas Dignidad y Justicia (DyJ). Ahora, la Audiencia Nacional debe revisar las ejecutorias de cada uno para para conocer si han hecho frente a ese pago o no para actuar en consecuencia.

Según el listado, al que ha tenido acceso Europa Press, los otros 5 serían Miren Aranzazu Carrera (con 5 condenas que incluyen indemnización), José Ángel Viguri Camino (1), Gorka Betolaza Villagrasa (1), Juan Carlos Arriaga Martínez (1) e Iker Isiegas Garisoain (1). De ellos, Viguri, Betolaza, Arriaga e Isiegas se presentaban en las últimas elecciones y lograron los votos para ser elegidos concejales, además de Uzkudun.

No obstante, al igual que ocurre con el caso de Begoña Uzkudun, Juan Carlos Arriaga, concejal electo como número 3 en la lista de la alcaldía de Berrioplano (Navarra), también era uno de los condenados con delitos de sangre que renunció a tomar posesión de cargo.

CASO A CASO

Tal y como explica el documento de la Audiencia Nacional, Miren Aranzazu Carrera contaría con condenas por asesinato (sentencia de 1983), por estragos (sentencia de 1984), secuestro y detención ilegal (1984) y robo (1983); Gorka Betolaza consta que fue condenado con responsabilidad civil por un delito de transporte de sustancias incendiarias y daños en 2010; e Iker Isiegas que fue condenado en 2005 por tenencia o depósito de explosivos.

Según el escrito de DyJ, Uzkudun fue condenada en el 89 por la Sala de lo Penal a 196 años de prisión por el atentado perpetrado en 1986 contra una patrulla de la Guardia Civil en Zarauz (Gipuzkoa), en la que resultó muerto un Guardia Civil y dejó otros siete heridos. En 1990 fue condenada de nuevo a 21 años de prisión por pertenencia a banda armada, depósito de armas y falsificación de documentos de identidad.

Ya en 1991 la Audiencia Nacional le condenó a otros 16 años de prisión como cómplice de asesinato frustrado y delito de estragos por el atentado cometido contra una patrulla de la Guardia Civil en la Autopista AP-8. Y en el 94 le condenaron a otros 18 años como cómplice del asesinato de José Tomás Larrañaga Arenas en 1978.

En cuanto a Juan Carlos Arriaga, DyJ recordaba en su escrito que en el 89 fue condenado por la Audiencia Nacional a 29 años de prisión como cooperador necesario de un delito de asesinato, relacionado con el atentado cometido por ETA en 1984 mediante disparos contra el comandante del Ejército Jesús Alcocer en Pamplona.

Asimismo, fue condenado por la posterior explosión a ese atentado de un artefacto trampeado en el vehículo empleado en la huida y que ocasionó la muerte de los agentes Tomás Palacín Pellejero y José Visiedo Calero cuando inspeccionaban el coche.

LA PETICIÓN DE DYJ

DyJ recordaba el pasado 8 de junio que "han sido muchas las personas presentadas como candidatos por la formación política EH Bildu condenadas por delitos de terrorismo, entre ellos, asesinatos, estragos, pertenencia o colaboración con organización terrorista", y añadía que el Estado "puede reclamar la responsabilidad civil derivada del delito de terrorismo a los condenados por el mismo, previamente satisfecho por éste", tal y como recoge la ley.

Así, DyJ insistía en que a todos los candidatos que han sido elegidos y a otros que han sido concejales y que "van a pasar a cobrar o están cobrando un sueldo del erario público" se les examine por parte de las distintas secciones de este Servicio Común de Ejecutorias de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

Buscaban conocer cuales de ellos tienen la responsabilidad civil sin satisfacer, para así poder reclamar "mediante los instrumentos legalmente establecidos, como el procedimiento administrativo de apremio".

Apuntaba la asociación que el Reglamento General de Recaudación permite averiguar los bienes, vehículos, cuentas, depósitos, sueldos públicos y cualquier otro activo patrimonial con el que hacer frente a la responsabilidad civil derivada del delito terrorista cometido por cada uno de los concejales elegidos y que cuentan con condenas de delitos por terrorismo.

Así, se puede dar la circunstancia de que determinados concejales de EH Bildu que comenzarán a recibir un sueldo público por ejercer el cargo político para el que han sido electos vean cómo se les embarga el mismo para hacer frente a esa responsabilidad civil no satisfecha.

LA POSTURA DE LA FISCALÍA

En las semanas previas a las municipales y autonómicas, esta asociación pidió a la Fiscalía que investigara si las 44 personas condenadas por su pertenencia a ETA que iban en listas electorales de EH Bildu habían cumplido su pena de inhabilitación y que, en caso contrario, fueran anuladas sus candidaturas.

El Ministerio Público abrió y automáticamente cerró la investigación sobre esos 44 candidatos al determinar que no había delito ni causa de inelegibilidad. Además, por decreto, la Fiscalía General del Estado (FGE) indicó que rechazaba activar el proceso de ilegalización de Bildu al considerar que no se daban las circunstancias exigidas para ello en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) y en la Ley Orgánica de Partidos Políticos (LOPP).

Esta respuesta llegaba después de que DyJ interpretara que llevar a 44 etarras condenados en listas suponía incurrir en las causas que establece la Ley de Partidos para ilegalizar formaciones políticas.

Finalmente, y a tres días de la celebración de las elecciones, DyJ presentó una nueva denuncia, esta vez ante la Junta Electoral de zona de Donostia para poner en su conocimiento que una de las candidatas de EH Bildu, la décima por la localidad de Astigarraga (Guipúzcoa) Sara Majarenas Ibarreta, era inelegible porque está inhabilitada por sentencia firme hasta 2028. A las pocas horas, Majarenas era excluida por la Junta Electoral.