MADRID, 28 Jun. (EUROPA PRESS) -
La presidenta del Congreso, Ana Pastor, contestará en breve a la carta del presidente de la Generalitat de Cataluña, Carles Puigdemont, en la que pedía explicar en la Cámara el referéndum que ya ha convocado para el próximo 1 de octubre, y no será un mero acuse de recibo sino que explicará las posibilidades que ofrece el Reglamento de la Cámara, que según fuentes parlamentarias no contempla la presencia de un presidente autonómico en sesión plenaria sin votación de una iniciativa.
La carta de Puigdemont llegó al Congreso este martes, once días después de que fuera anunciada por el president, y Ana Pastor piensa responder en un "plazo razonable". Como al misiva estaba dirigida a ella, ni siquiera es necesario reunir a la Mesa del Congreso. Como máximo, consultará con los servicios jurídicos para explicar las fórmulas reglamentarias posibles.
Las citadas fuentes subrayan que, aunque el Reglamento del Congreso no prohíbe expresamente la comparecencia de un presidente autonómico, no contempla que pueda participar en una sesión plenaria si no es para acompañar la votación de una proposición de ley.
Se trata de los artículos 126 y 127 del Reglamento del Congreso, que regulan el debate de las proposiciones de ley, incluyendo las que proceden de comunidades autónomas. Esa fue la vía del llamado 'Plan Ibarretxe', que el entonces lehendakari, Juan José Ibarretxe, presentó en 2005 como reforma estatutaria y fue abatido por PP y PSOE tras el primer debate.
PUIGDEMONT NO VE "RAZONABLE" UNA VOTACIÓN
Sin embargo, en su carta Puigdemont ya indicaba que "no parece razonable" que su propuesta de referéndum deba ser votada en el Congreso, un escenario al que ya se han negado tanto el PDeCAT como Esquerra.
Con su misiva, respuesta a la oferta lanzada por el Gobierno de Mariano Rajoy de acudir a la Cámara Baja a explicar su proyecto, el presidente catalán sólo busca que los diputados del Congreso puedan "escuchar" las razones que han llevado a la Generalitat a convocar un referéndum el próximo 1 de octubre y plantea la conveniencia de celebrar un debate que considera "necesario".
El reglamento contempla otra vía para recibir a autoridades ajenas al Congreso, pero ya no en sesión plenaria, sino en comisión. El artículo 44 señala que las comisiones pueden citar a "autoridades y funcionarios públicos competentes" u "otras personas" si van como expertos para informar de algo que dicha comisión está debatiendo.
Ahí ya no habría votación, pero en todo caso tendría que haber un tema de debate que justificase su citación y comparecencia, y siempre debería contar con el visto bueno de los grupos parlamentarios. Y teniendo en cuenta que julio y agosto son meses inhábiles, difícilmente podría organizarse antes del 1 de octubre, fecha del referéndum anunciado.