Archivo - El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez (i), recibe al presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno Bonilla (d), en el Palacio de La Moncloa, a 28 de julio de 2022, en Madrid (España). La reunión con Moreno, llega solo cuatro días desp - Eduardo Parra - Europa Press - Archivo
MADRID 11 Dic. (EUROPA PRESS) -
Andalucía y Cataluña han sido las comunidades autónomas de régimen común que más dinero han recibido de la dotación de 7.467 milones de euros que el Gobierno dispuso para el año 2022, al margen del sistema de financiación autonómica, para cubrir las liquidaciones negativas de 2020 y para la devolución del IVA del año 2017 tras la sentencia del Tribunal Supremo que obligaba al Estado a reembolsar este dinero.
Según se desprende del nuevo número del Observatorio Fiscal y Financiero de las CCAA publicado por Fedea, Andalucía ha recibido un total de 1.829 millones de euros de estos ingresos extraordinarios (569 millones por el IVA de 2017 y 1.261 millones por la compensación de la liquidación negativa), mientras que Cataluña se ha beneficiado de 1.099 millones de euros (561 por el IVA y 538 por la liquidación negativa).
Tras estas dos comunidades se sitúa Madrid, que ha recibido un total de 921 millones de euros (425 por el IVA y 496 por las liquidación negativa). Le siguen Galicia, con 617 millones de euros --225 y 392--; Castilla y León, con 568 millones --195 y 373--; Castilla-La Mancha, con 514 millones --145 y 369--; Aragón, con 377 millones --102 y 275--; Extremadura, con 312 millones --99 y 213--; Comunidad Valenciana, con 267 millones --267 y 0--; Asturias, con 230 millones --80 y 150--; Cantabria, con 208 millones --63 y 146--; Murcia, con 172 millones --85 y 86--; Canarias, con 147 millones --147 y 0--; La Rioja, con 136 millones --32 y 104-- y Baleares, con 69 millones --60 y 0--.
Esta dotación de más de 7.000 millones de euros, que va al margen del sistema de financiación autonómica, está recogida en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2022 y viene a cubrir la devolución del IVA de 2017 y las liquidaciones negativas del año 2020.
En el caso de la devolución del IVA de 2017, se da cumplimiento así a las sentencias del Tribunal Supremo que obligaba al Estado a devolver a las comunidades autónomas de régimen común la liquidación de este impuesto de hace cinco años ya.