Le da de plazo hasta el 8 de enero de 2021, cuando deberá ingresar en la cárcel de Botafuegos (Algeciras)
MADRID, 5 (EUROPA PRESS)
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional atiende la petición formulada por la exmujer de Francisco Correa --líder de la Gürtel-- y exjefa de Gabinete del Ayuntamiento de Majadahonda, Carmen Rodríguez Quijano y posterga su entrada en prisión al 8 de enero de 2021 para que pueda organizar lo relativo al cuidado de su hija de 16 años de edad.
En un auto al que ha tenido acceso Europa Press, se acepta así la solicitud de aplazamiento de entrada en la cárcel de Rodríguez Quijano, que fue condenada a 17 años y ocho meses de prisión por la primera etapa de la trama 'Gürtel' por los delitos de cohecho continuado, falsedad continuada, fraude continuado y malversación continuada. El fallo del Supremo aumentó la condena en 3 años respecto a la sentencia de la Audiencia Nacional.
Ahora, el tribunal le conmina a que aproveche ese plazo para organizar el futuro de su hija, menor de edad, habida cuenta de que el padre (Correa) también está en prisión. Además, le señala que debe usar este tiempo de libertad que le da hasta enero de 2021 para realizarse las revisiones médicas necesarias, "que por sí solas no impedirían el ingreso" en prisión, y dictamina que el 8 de enero debe proceder al ingreso voluntario en el Centro Penitenciario Botafuegos, en Algeciras.
Cabe recordar que tras el fallo del Supremo, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional concedió un plazo de diez días a los condenados a penas graves, entre los que se encuentra Rosalía Iglesias, esposa del extesorero del PP Luis Bárcenas, para su ingreso voluntario en prisión.
La decisión afectaba también al exalcalde de Pozuelo de Alarcón (Madrid) Jesús Sepúlveda, al exconcejal de Estepona (Málaga) Ricardo Galeote, al contable José Luis Izquierdo, a María del Carmen Rodríguez Quijano y al exconsejero de Inmigración de la Comunidad de Madrid Carlos Clemente.
El Tribunal adoptaba esta decisión en una providencia notificada tras recibir los informes del Ministerio Fiscal en los que no se oponía a la concesión de plazo para el ingreso voluntario de los condenados a penas graves, en ejecución de la sentencia firme del Tribunal Supremo que confirmó la condena inicial de la Audiencia Nacional.