Ordena practicar nuevas diligencias para indagar sobre la introducción de medicamentos por la que fueron detenidas 47 personas
MADRID, 26 Ene. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Nacional ha asumido la investigación abierta contra la organización dedicada a la importación desde Malasia de productos químicos con capacidad vigorizante sexual que se vendían en España, asegurando que eran naturales y ocultando su verdadero componente.
El hasta ahora juez de instrucción de la Audiencia Nacional José de la Mata, con el informe favorable de la Fiscalía, aceptó el pasado mes de octubre la inhibición del Juzgado de Instrucción número 8 de Alicante, que inició la investigación. Asume la competencia al entender que la venta ilegal de este producto afectó a gran parte del territorio nacional.
En un auto con fecha del pasado 15 de enero, al que ha tenido acceso Europa Press, el sustituto de De la Mata --quien ahora ejerce como representante español en Eurojust-- en el Juzgado Central de Instrucción número 5, el juez Santiago Pedraz, ha acordado practicar una serie de diligencias para indagar en la "distribución, tráfico y posesión ilícita de medicamentos, con el fin primordial de realizar un tráfico paralelo al del mercado legal del medicamento con afectación del sector sanitario y de la salud pública".
En febrero de 2020, la Policía Nacional, Guardia Civil y Agencia Tributaria llevaron a cabo una operación por la que fueron detenidas un total de 47 personas, todas de nacionalidad española excepto un ciudadano portugués, en 15 provincias españolas.
INVESTIGACIÓN INICIADA POR UNA DENUNCIA ANÓNIMA
La investigación se había iniciado un año antes a raíz de una denuncia anónima, a partir de la cual se comenzaron a seguir distintos envíos aduaneros procedentes de Malasia que pudiesen contener principios activos de medicamentos sin ser declarados como tales.
Fuentes cercanas al caso han confirmado a Europa Press que uno de los abogados que ejerce la defensa es el penalista Juan Gonzalo Ospina, del despacho madrileño Ospina Abogados.
Según explica el juez Pedraz, se investiga "la introducción en España de sustancias medicamentosas o farmacéuticas, en concreto, sidelnafilo y/o tadafilo, procedente de Malasia" sin que conste en la composición del producto comercializado "con el consiguiente riesgo para la salud del consumidor final".
El magistrado apunta que estos productos se presentaban como estimulantes sexuales, ocultando su verdadera composición y dando información engañosa sobre su supuesto origen natural y su seguridad. Además, no habían obtenido las autorizaciones correspondientes de las autoridades sanitarias para su importación y comercialización.
Para llevar a cabo este engaño, una vez que los productos se recibían en España, la organización, dividida en dos ramas --una radicada en Alicante y la otra en Madrid--, se encargaba de etiquetarlos y camuflarlos en compuestos totalmente naturales.
LA RAMA MADRILEÑA
La rama de Madrid, indica el magistrado, estaría encabezada por J.L.F.S., que contaría con dos personas "de su total confianza", A.W.S. y R.L.A., tanto para la constitución de cuatro mercantiles para llevar a cabo la comercialización de los productos como en la recogida de envíos procedentes de Malasia. Estos tres investigados constituirían la dirección del entramado de la capital.
En un segundo escalón estarían los receptores de paquetería, quienes posteriormente los entregarían a uno de los tres investigados antes mencionados. Entre los receptores de los paquetes procedentes de Malasia se encuentran el hermano y los hijos de R.L.A.
Su función era la recogida de la mercancía a introducir en España y la emisión de cartas dirigidas bien a las empresas de transporte o bien a la Inspección de Sanidad Exterior acerca de la naturaleza de los productos, contenidos en los paquetes en cuestión, aludiéndose, de forma reiterada a muestras o productos de herbolario sin valor comercial, no sujetas a controles farmacéuticos o sanitarios.
LA RAMA DE ALICANTE
En cuanto a la rama de Alicante, estaba dirigida por A.D.G., quien proporcionaba sus instrucciones desde Dubai (Emiratos Árabes), donde se ocultaba de la Justicia, y desde donde fue detenido y posteriormente extraditado.
El juez explica en su resolución que este investigado y el líder de la rama de Madrid inicialmente eran socios pero que, por razones que se desconocen, se separaron y J.L.F.S. decidió hacerle la competencia al que había sido su compañero de negocio. Para obtener más detalles sobre ello, el magistrado solicita a los investigadores que se indague y se informe sobre la "conexión original" de ambas ramas.
Las instrucciones y órdenes que daba A.D.G. sobre la comercialización de las sustancias en cuestión eran recibidas y cumplidas por A.M.T., administrador de dos empresas: una de ellas destinataria de múltiples envíos y la otra, servía de nave para desarrollar la "manipulación del producto para su posterior remisión correspondiente en los correspondientes pedidos".
Para dar apariencia de licitud, A.M.T. había contratado a comerciales, personal de administración y contabilidad y para manipulación de las sustancias y limpieza. También se relacionan como receptores de paquetes en esta rama la hermana y sobrino de A.D.G..
La distribución de la sustancia se realizaba, bien directamente, o bien a través de terceros, unos conociendo la naturaleza del producto y otros ignorándola, continuando la venta en una amplia red de establecimientos tipo herbolarios, sex shops, gimnasios, por páginas web o venta telefónica.
NUEVAS DILIGENCIAS
Con todo ello, el juez Pedraz, que informa de que la declaración de los investigados en la Audiencia Nacional se deja para más adelante, acuerda la práctica de nuevas las diligencias de investigación solicitadas por la Fiscalía.
Así, además de indagar en la conexión entre las dos ramas de la organización, requiere a la Agencia Española del Medicamento que concluya el informe pericial sobre los productos intervenidos que ya le ordenó el Juzgado de Instrucción número 8 de Alicante.
También pide a los investigadores la elaboración de un informe sobre algunos de los particulares que distribuyeron las sustancias y otro sobre las empresas de cartonaje utilizadas por la organización, con reportaje fotográfico elaborado sobre los cartonajes ya destruidos e identificación y declaración de sus responsables.