La Fiscalía solicita para el exconsejero del Gobierno de Esperanza Aguirre 8 años de cárcel
MADRID, 2 (EUROPA PRESS)
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado los indicios para juzgar al exconsejero de Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid Alfredo Prada por delitos de prevaricación, fraude a las administraciones públicas y malversación de caudales públicos por las supuestas irregularidades cometidas en diversos contratos del Campus de la Justicia de Madrid (CJM).
En un auto, los magistrados de la Sección Cuarta desestiman el recurso de apelación presentado por la defensa de Prada contra el auto de pase a procedimiento abreviado dictado por el juez instructor José de la Mata el pasado 12 de noviembre.
En su escrito, el exconsejero del Gobierno de Esperanza Aguirre solicitaba el sobreseimiento de las actuaciones y la prescripción de los hechos, argumentando que no existe fundamentación que vincule los hechos con las personas investigadas, que la instrucción no está terminada, así como que se ha llevado a cabo una investigación y búsqueda prospectiva de indicios criminales contra algunos de los investigados.
Este auto llega al mes de que la Fiscalía Anticorrupción solicitara para él una pena de ocho años de cárcel, trece años de inhabilitación absoluta e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
El Ministerio Público recordaba que esa empresa pública (CJM) se constituyó en 2005 para desarrollar y ejecutar el proyecto de campus que constaría de 14 edificios interconectados con túneles en el que se concentrarían las sedes judiciales de la Comunidad de Madrid. Finalmente no se acabó y quedó en situación de abandono cuatro años después, habiéndose gastado hasta entonces 355 millones de euros.
"CUMPLE CON CRECES LAS PREVISIONES LEGALES"
Ahora, la Sala considera que la resolución de De la Mata que ponía fin a la instrucción de la causa es plenamente ajustada a derecho porque contiene un extenso relato de hechos con relevancia penal atribuidos a los investigados y una calificación jurídica provisional de los hechos, "como no podía ser de otra forma, por lo que sin duda cumple con creces con las previsiones legales".
Sobre la alegación de que faltaban pruebas por practicar antes de cerrar la investigación, como la declaración del arquitecto Norman Foster, el tribunal indica que, aunque no se llevó a cabo, sí se practicaron otras testificales que "sin duda, no han impedido al instructor realizar la valoración necesaria y exclusiva a efecto del dictado de la resolución que nos ocupa".
Así, la Sala apunta que desconoce lo ocurrido con la Comisión Rogatoria a Suiza, pero considera que la agilización y el discurrir del procedimiento no debe "ni mucho menos" correr paralela a la práctica de una determinada diligencia, salvo que sea única o esencial, cosa que no ocurre en este caso.
Respecto a los indicios de criminalidad existentes, la Audiencia explica que la resolución del juez De la Mata detalla las facultades de Prada en función de los cargos desempañados, los contratos suscritos y las instrucciones dadas. "La participación del señor Prada Presa en los hechos delictivos que nos ocupan se infieren de las declaraciones testificales, informes técnicos y documentos obrantes en las actuaciones", concluye.
La Sala se pronuncia también respecto a la alegación de la defensa de la prescripción de los hechos. Al respecto, los magistrados señalan que se trata de una secuencia de actos y contratos desde el año 2005 al 2008, "lo que determina que el plazo de prescripción se establezca en quince años". Y apunta que "obviamente --ese plazo-- no ha sido alcanzado", puesto que, como dice la resolución del instructor ahora recurrida, es un supuesto de continuidad delictiva.
LIDERADOS POR ALFREDO PRADA
Cabe recordar que además de contra el exconsejero, el juez procede contra el que fuera director general técnico del proyecto Isabelino Baños Fernández, contra el subdirector general técnico Mariano José Sanz Piñar, contra el director financiero Alicio de las Heras Rodríguez, contra el que fuera director de Seguridad del Campus de la Justicia el comisario Andrés Gómez Gordo y contra el asesor Félix José García de Castro. Asimismo, el magistrado archivaba la causa para dos personas, la secretaria general técnica del campus María Lourdes Manovel y Paloma Mateo Martín.
La causa se abrió en agosto de 2018 cuando el juez admitió una denuncia de la Fiscalía Anticorrupción que se basó en un informe de fiscalización de la Cámara de Cuentas de Madrid de marzo de 2018 sobre el CJM que arrojaba diversas irregulares. Y ahora, con el fin de la isntrucción, De la Mata recordaba que los investigados, liderados por Alfredo Prada, quien en última instancia tomaba todas las decisiones, "se pusieron de acuerdo con distintas personas y mercantiles para adjudicar irregularmente a su favor distintos contratos del CJM, elaboraron un plan criminal y pusieron en marcha distintos artificios para llevarlos a cabo".
Añadía que "corrompieron sustancialmente el procedimiento de adjudicación" de contratos, "quedando afectada sustancialmente su operativa y los resultados económicos, menoscabando así los bienes jurídicos que tutela el tipo penal de la malversación de los caudales públicos".
"En este caso no estamos ante autoridades o funcionarios que hayan sustraído para su lucro personal el dinero de la administración en perjuicio del patrimonio público: la conducta aquí perpetrada afecta al sistema de funcionamiento de una entidad pública, que ha resultado deteriorada, dañada y menoscabada", afirmaba el juez.
Además, explicaba que los investigados "conocieron perfectamente la ilegalidad de su actuación" y que no elaboraron la adecuada justificación de las necesidades que esos contratos iban a atender y pasaron por alto las insuficiencias y defectos de los pliegos. También señalaba que pasaron por alto las insuficiencias y defectos de los informes técnicos de valoración, que en múltiples casos realizaron propuestas de valoración arbitrarias y no justificadas o que prescindieron en múltiples ocasiones de procedimiento de contratación alguna.