La Sala revoca el auto de pase a procedimiento abreviado y dicta nuevas diligencias que considera "procedentes"
MADRID, 22 (EUROPA PRESS)
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha acordado revocar el auto de pase a procedimiento abreviado del 'caso Dina', la pieza de la macrocausa 'Tándem' en la que se investiga el robo de la tarjeta a la exasesora de Podemos Dina Bousselham, ordenando al juez nuevas diligencias.
En concreto, la Sección Tercera ha accedido a la petición de la Fiscalía Anticorrupción y ha encomendado al juez instructor Manuel García-Castellón que escuche a Bousselham, a su pareja y al que fuera director adjunto operativo (DAO) de la Policía Eugenio Pino.
El Ministerio Público se opuso a la decisión del juez, que resolvió finalizar la fase de investigación de la causa el 7 de octubre de 2020 proponiendo juzgar al comisario jubilado José Manuel Villarejo, y a dos periodistas por un presunto delito de descubrimiento y revelación de secretos.
Además de solicitar la revocación del auto de pase a procedimiento abreviado, la Fiscalía consideraba necesarias las declaraciones de la exasesora, su marido Ricardo Sa Ferreira y del propio Pino. La representación de ambos periodistas se adhirió a esa petición de diligencias mientras que las de Bousselham y el exvicepresidente segundo del Gobierno Pablo Iglesias se unieron parcialmente al considerar que la instrucción no había concluido.
La Sala ha resuelto ahora las alegaciones de las partes y ha accedido a la práctica de las diligencias pedidas por la Fiscalía, que considera "procedentes a los fines de la instrucción". En esta línea, señala que a lo largo de la investigación Bousselham ha prestado declaración varias veces sobre las capturas de pantalla de su teléfono publicadas por un medio digital que, en algunos casos, también habían sido divulgadas por ella.
LA DECLARACIÓN DEL MARIDO DE BOUSSELHAM, PARA RESOLVER "LAGUNAS"
Pero para agotar la instrucción, añade la Sala, se hace preciso conocer, en la medida de lo posible, el origen de la divulgación por los medios de comunicación desde enero de 2016 de otra información contenida en el teléfono de Bousselham "que no está en estas circunstancias y a lo que" su declaración "podría contribuir".
En esta línea, la declaración de su marido "podrá servir", según justifica la Sala, para que explique "algunas lagunas en la información que en su día suministró sobre la sustracción del teléfono y recuperación de la tarjeta".
Y en cuanto a la declaración de Eugenio Pino en calidad de testigo, la Sala señala que servirá para "aclarar la consistencia de las declaraciones" realizadas por los periodistas acerca de que la información que suministraron a Villarejo "fue en la creencia de que era en el marco de una investigación policial".
El auto relativo al recurso de Fiscalía recoge que el argumento del Ministerio Fiscal de que la instrucción no está agotada, "lo que cercena los derechos de todas las partes", porque no se ha investigado la supuesta finalidad policial del traspaso de la información del teléfono móvil.
En lo referido a los recursos de Iglesias y Bousselham, la Sala los estima parcialmente accediendo a la declaración del propio Pino, aunque rechaza practicar más testificales. Igualmente, los magistrados descartan pronunciarse sobre la exposición razonada que García-Castellón envió al Tribunal Supremo al no ser de su competencia.
En la misma, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 solicitaba al Alto Tribunal que investigara al entonces vicepresidente segundo del Gobierno por los delitos de descubrimiento y revelación de secretos, con agravante de género, daños informáticos y acusación o denuncia falsa y/o simulación del delito.
RECHAZAN APORTAR LOS CHATS DE CALVENTE
Por otro lado, la Sala desestima el recurso de los periodistas de la extinta Interviú contra el auto de procesamiento, que proponía juzgarlos por revelación de secretos. Solicitaban el sobreseimiento para ellos, pero el tribunal cree que, en contra de su argumentación, el auto describe los hechos relacionados con la tarjeta y la entrega de su contenido a un tercero.
Además, los magistrados rechazan el recurso presentado por Villarejo, en el que solicitaba la reapertura del procedimiento para que se incluyesen en el mismo los chats aportados por José Manuel Calvente, un exabogado de la formación morada, a una causa tramitada en un juzgado de Madrid.
"La incorporación al procedimiento de los chats servirá en su caso para valorar la credibilidad o verosimilitud de lo declarado por el testigo que es propia de la fase de juicio oral y podrá interesarse como prueba a practicar en el mismo", le recuerdan.
EL ORIGEN DEL CASO DINA
En el auto con el que decidió finalizar la fase de investigación, el juez fijaba el origen de la causa en unos archivos encontrados en la entrada y registro del domicilio de Villarejo en 2017 en los que había información personal de la que fuera asesora de Iglesias así como datos sensibles del partido 'morado'.
Según explicaba, en noviembre de 2015 sustraen en el IKEA de Alcorcón el abrigo de la pareja de Bousselham --Ricardo Antonio Sa Ferreira-- en cuyo interior había varios objetos entre los que se encontraba el teléfono móvil de la asesora.
Justo dos años más tarde de ese robo, en noviembre de 2017, aparecen en el domicilio de Villarejo un disco duro y dos memorias USB en los que se almacenan unas carpetas denominadas DINA 2 y DINA 3, que contenían archivos procedentes de la tarjeta de memoria mini SD del móvil sustraído a Bousselham.
Y apuntaba el juez en su auto que los archivos de uno de los pendrives fueron copiados el 14 de abril de 2016 mientras que los del disco duro son copia del pendrive realizada en julio de 2016. Sobre cómo llegó a manos de Villarejo esa información, el magistrado indicaba que se sabe que el contenido de la tarjeta de Bousselham llegó a los periodistas.