MADRID 27 Oct. (EUROPA PRESS) -
La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ordenado por segunda vez a la juez Carmen Lamela que reabra la investigación de las cuotas participativas de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM). Esta causa sobre preferentes y deuda subordinada afecta a más de 35.000 personas y se remonta al año 2011, cuando varios afectados presentaron siete querellas contra los directivos de la entidad.
En un auto, los magistrados Alfonso Guevara, María Ángeles Barreiro y Ana María Rubio consideran que es necesario tomar declaración a clientes que adquieron este producto y a comerciales que lo vendieron ya que el perfil de las personas a quienes se distribuyeron las cuotas era en un 70 por ciento un tipo de inversor "no cualificado".
También apunta la Sala que existen elementos que sustentarían una calificación de hechos "presuntamente delictiva" en caso de demostrarse que la emisión de es este producto formaba parte de "un plan de recapitalización ante la situación de crisis de la entidad" más aún si se hizo aprovechando la ignorancia de los compradores.
En su opinión la actuación de la caja, que distribuyó estas cuotas en un 99 por ciento a minoristas, iría en contra de las indicaciones de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
Pese al requerimiento de los magistrados de la Sala, la titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 archivó por segunda vez la causa al considerar en que los últimos estados financieros publicados en el momento de la emisión de este producto eran los de diciembre de 2007, que no estaban falseados -ya que las cuentas a lo largo de la instrucción han sido encontradas falsas son las de 2010 y 2011- y que la CNMV participó activamente en la elaboración del folleto informativo, que fue facilitado a los inversores.
PERICIAL SIN EFECTO
La juez también recordaba que en julio de 2014 se nombraron dos peritos de la CNMV para que procedieran a realizar un muestreo sobre el perfil de los adquirientes de cuotas participativas, participaciones preferentes y deuda subordinada.
Sin embargo, los peritos solicitaron una provisión de fondos de 10.000 euros y las partes mostraron su oposición adelantar ningún dinero, por lo que el pasado mes de febrero la juez dejó sin efecto la pericial acordada. Esta decisión fue confirmada por la Sala de instancia el pasado 3 de mayo, según recuerda Lamela en su resolución.
Tras realizar un resumen de la historia de estos productos financieros, la juez recordaba que el folleto informativo que se dio a los clientes establecía claramente un apartado titulado 'Factores de riesgo" donde se advertía que "los cuotapartícipes podrían no recuperar toda la inversión efectuada", que este producto era más complejo que las simples acciones y que su precio podría ser "volátil".
Además, la pericial practicada hasta la fecha, según precisaba la juez de la Audiencia Nacional, concluía que los últimos estados financieros publicados eran los de 2007, y que por ello "es razonable pensar que los inversores dispusieron de información financiera correcta sobre la situación de la CAM en el momento de tomar la decisión de suscribir las cuotas participativas", que fue junio de 2008.