Bárbara Rey se puso al corriente de los pagos con Hacienda a principios de 2018, según la sentencia

Bárbara Rey y Sofía Cristo saliendo de la Audiencia Provincial de Madrid
Bárbara Rey y Sofía Cristo saliendo de la Audiencia Provincial de Madrid - EUROPA PRESS
Publicado: jueves, 14 marzo 2024 13:55

MADRID 14 Mar. (EUROPA PRESS) -

Bárbara Rey se puso al corriente de los pagos de sus créditos con la Agencia Tributaria entre los meses de enero y marzo de 2018, según consta en la sentencia que le condena a dos años de cárcel por un delito de alzamiento de bienes.

En la resolución, a la que tuvo acceso Europa Press, los magistrados de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid materializan el acuerdo al que llegó la exvedette y sus hijos con la Fiscalía de Madrid para lograr una reducción de pena al concurrir las atenuantes de dilaciones indebidas y reparación del daño.

El pasado 6 de marzo, Bárbara Rey y sus hijos, uno de ellos a través de videoconferencia, reconocieron los hechos de los que le acusaba la Fiscalía de Delitos Económicos de Madrid como parte del acuerdo de conformidad alcanzado entre las partes.

Según consta en la sentencia, se pena a dos años de cárcel a la popular actriz por un delito de alzamiento de bienes concurriendo las citadas atenuantes.

Además, se le impone una multa de doce meses con cuota diaria de seis euros. A sus hijos se les condena a un año de cárcel como cooperadores necesarios en el alzamiento de bines y a multa de ocho meses con una cuota de seis euros diarios.

La sentencia da por probados los hechos de la acusación del Ministerio Fiscal, que sostenía que la actriz realizó varias operaciones financieras para evitar pagar 143.902,24 euros a Hacienda.

En los nuevos hechos, se incorpora que a fecha de 19 de diciembre de 2017 existía una deuda pendiente de ingreso de la citada cantidad y que entre los meses de enero y marzo de 2018, Bárbara Rey "se puso al corriente de sus pagos de créditos con la Agencia Tributaria".

Los magistrados apuntan en relación a la atenuante de dilaciones indebidas que el procedimiento estuvo paralizado por causas no imputables a ninguno de los acusados desde el 13 de diciembre de 2019 hasta las diligencias de ordenación del 1 de septiembre de 2021.

ELUDIR EL PAGO

Los hechos se remontan al 10 mayo de 2011 cuando la AEAT comenzó una inspección a M. G. G. en relación al pago del Impuesto sobre las Rentas de las Personas Físicas (IRPF) de los periodos fiscales comprendidos entre los años 2006 y 2008.

Así, el 16 de noviembre del 2012 se dictaron sendas actas por el IRPF, la primera del año 2006 y la segunda, correspondiente al año 2007/08, por importes de 135.031.21 euros y 131.568,98 euros, respectivamente.

Dichas actas fueron notificadas a la acusada el 12 de febrero del 2013 y tenían de plazo de ingreso voluntario hasta el 20 de marzo de ese mismo año. De ahí que el 18 de julio se dictaran sendos acuerdos de imposición de sanciones en ambos expedientes, por importes de 51.496,62 euros y 60.675.47 euros, igualmente notificados a la acusada en fecha 8 de agosto de 2013.

DISPOSICIÓN PATRIMONIAL

A sabiendas de que habían dado comienzo las labores de investigación de la AEAT, la acusada, "con ánimo de eludir dicha responsabilidad de pago y frustrar las legítimas expectativas de cobro de la AEAT", se puso en contacto con varios familiares para actuar en "connivencia" a fin de llevar cabo la realización de ciertos actos de disposición patrimonial "que tenían como objetivo la finalidad de generar la quiebra de las deudas contraídas, haciendo imposible el cobro de los mismos por sus legítimos titulares".

La Fiscalía detallaba un total de trece operaciones en las que tomaron parte sus dos hijos, su hermana y otras personas con la finalidad de provocar una situación de indefensión económica por parte de la acusada "que imposibilitara satisfacer los créditos reclamados por la AEAT, al no ser habido bienes bastantes a tal fin por la situación de insolvencia creada por los acusados".

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