Begoña Gómez avisó en septiembre a la Universidad Complutense de que no renovaría la web del 'software'

La directora de la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social de la UCM, Begoña Gómez, a su llegada al Fòrum Social Pere Tarrés, a 14 de junio de 2023, en Barcelona, Cataluña (España).
La directora de la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social de la UCM, Begoña Gómez, a su llegada al Fòrum Social Pere Tarrés, a 14 de junio de 2023, en Barcelona, Cataluña (España). - David Zorrakino - Europa Press
Actualizado: viernes, 4 octubre 2024 14:39

LA UCM decidió no renovar ese dominio al entender que no estaba a su nombre y no lo había autorizado

MADRID, 4 Oct. (EUROPA PRESS) -

Begoña Gomez, la esposa del presidente del Gobierno, envió un correo electrónico el pasado 11 de septiembre, a través de su abogado, a la Universidad Complutense de Madrid (UCM) advirtiendo de que no renovaría el dominio web 'transformatsc.es' debido "a la situación administrativa y judicial en que se encuentra la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva".

Así consta en un 'email', al que ha tenido acceso Europa Press, en el que se pone en conocimiento del vicerrector de Planificación, Coordinación y Relaciones Institucionales de la UCM, José María Coello de Portugal, que el registro de la web que soporta la plataforma de medición y gestión de impacto social y medioambiental "que está en desarrollo" expiraba el 21 de septiembre de 2024.

En ese documento, se recalca que el dominio fue realizado por Begoña Gómez en su día "siguiendo las indicaciones de la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI)" de la UCM.

Además, en la factura emitida por la empresa Arsys Internet SL relativa a la renovación de ese portal web, a la que también ha tenido acceso esta agencia de noticias, se detalla que debía renovarse ese dominio para el periodo septiembre de 2024 a septiembre de 2025 por un precio de 30,25 euros, IVA incluido.

Ese correo tuvo respuesta el 17 de septiembre, cuando Coello de Portugal le dijo a Begoña Gómez de que ese dominio "ni está a nombre de la UCM ni está autorizado por la UCM" por lo que no actuarían "en ningún sentido respecto a la renovación del mismo".

Además, matizaba que "no es correcto afirmar que aquel --registro de dominio-- se hizo en su día siguiendo las indicaciones de la OTRI" puesto que se limitaron a informarle de cómo registrar un dominio". Subrayaba que le advirtieron de que "cualquier acción vinculada a la mencionada OTRI tenía como presupuesto la cumplimentación de un formulario (...) que nunca fue remitido a dicha unidad".

EL ESCRITO DE LAS ACUSACIONES

Estos documentos chocan frontalmente con lo expuesto por las acusaciones populares en el día de ayer, cuando alertaban por medio de un escrito al juez Juan Carlos Peinado --que instruye la causa contra Gómez por tráfico de influencias y corrupción en los negocios-- de que habían tenido conocimiento del borrado de la web 'www.transformatsc.org' entre el 26 y 30 de septiembre.

Según explicaban en el escrito, consideraban "cuanto menos sospechoso" que, tras ser remitida la querella de Hazte Oír sobre el software al Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid desde la Audiencia Provincial de Madrid, a los dos días --el 26 de septiembre-- la web 'transformatsc.org' "haya sido actualizada por última vez y a fecha 30 de septiembre (...) haya sido desactivada".

En cuanto al hecho de que ese portal web estuviera registrado a nombre de Begoña Gómez, existe un correo electrónico de septiembre de 2022 de la Sección de Contratos y Patentes de la OTRI (UCM) dirigido a Begoña Gómez y otros destinatarios --al que también ha tenido acceso esta agencia de noticias-- en el que explican que ellos nunca han realizado el trámite de registrar un dominio y compartían dos enlaces externos donde se explicaba cómo se realizaba esa tarea.

"Os enviamos un enlace sobre cómo registrar un dominio, puesto que nunca se ha realizado este trámite desde la OTRI-UCM", decía el correo en el que, además, se adjuntaba un formulario interno de 'Comunicación de invención de obra para el Registro de la Propiedad Intelectual' que debían rellenar con los datos de los autores de la web.

Además, desde la OTRI matizaban que el Registro Territorial de la Propiedad Intelectual sólo se encargaba "estrictamente del registro de la página web, obra literaria/científica, multimedia" y que, por tanto, el registro de dominio era un trámite diferente.

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