Actualizado: martes, 6 junio 2017 13:43

Considera que la denuncia carece de soporte probatorio y se reduce a noticias periodísticas "carentes de sustento".

MADRID, 6 (EUROPA PRESS)

El promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha archivado este martes la diligencia informativa incoada al magistrado de la Audiencia Nacional Eloy Velasco, instructor hasta hace dos semanas del caso 'Lezo' a raíz de la denuncia presentada por el partido político Contrapoder basada en informaciones periodísticas que señalaban que, según unas grabaciones realizadas al expresidente de la Comunidad de Madrid Ignacio González, el juez habría solicitado a éste trabajo para su esposa, Beatriz Saura.

En el acuerdo de archivo el promotor afirma que, cuando se formula una denuncia de este tipo, "resulta necesario que la conducta denunciada aparezca mínimamente probada y no genéricamente invocada, sin soporte probatorio alguno y sobre la base de meras hipótesis o datos acreditados, al menos con carácter indiciario; lo que no sucede en el presente caso, en el que el denunciante se limita a reproducir simples noticias periodísticas o supuestas sospechas carentes de sustento".

La investigación se abrió el pasado 4 de mayo por el entonces promotor disciplinario Antonio Jesús Fonseca-Herrero, que dejó el cargo hace unas semanas. En su escrito solicitaba un informe al entonces juez Central de Instrucción número 6 -actualmente ascendido a la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional - sobre los hechos denunciados.

El decreto excluía otros hechos denunciados por Contrapoder como "conexos" referidos a un posible chivatazo a González por parte de una magistrada, si bien Fonseca-Herrero dedujo testimonio para que el asunto se investigara y actualmente la causa se dirime en un juzgado ordinario.

Su sustituto temporal -en espera de que se convoque y designe al nuevo promotor- señala en la diligencia de archivo conocida este martes que, según reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo, "no resulta jurídicamente procedente la imputación de responsabilidades disciplinarias con base en datos y circunstancias no acreditados plenamente y cuya discusión correspondería en todo caso al ámbito jurisdiccional" y en el procedimiento que instruía Velasco respecto a González, quien se encuentra en prisión como investigado en 'Lezo'.

La resolución, que puede ser recurrida en alzada ante la Comisión Permanente del CGPJ, ha sido ya notificada al denunciante y al magistrado interesado, según ha informado el órgano de gobierno de los jueces.

La denuncia de Contrapoder -partido tras el que se encuentra el abogado murciano José Luis Mazón-, señalaba que Velasco preguntó a González -antes de tomarle declaración como investigado- si consideraba que debía abstenerse de la causa, dada la existencia en el sumario de una grabación en la que el ex presidente de la Comunidad de Madrid aseguraba que en el pasado había contratado a la esposa del magistrado a petición de éste.

La denuncia de Contrapoder se hacíaeco de informaciones periodísticas sobre una conversación telefónica intervenida a González en las que el ex mandatario madrileño se asombra de la conducta del magistrado, ya que éste le habría pedido en una ocasión que contratara a su esposa. Dicha contratación efectivamente se produjo, como prestadora de los servicios jurídicos para la Consejería de Asuntos Sociales.

Tanto González como su letrado rechazaron entonces que esta circunstancia comprometiera la objetividad del magistrado, por lo que la declaración siguió adelante. La denuncia apuntaba que, de haberse producido "el hecho de pedir un juez a un político que contrate a su mujer estaríamos ante un delito de cohecho impropio y también ante una falta disciplinaria de carácter muy grave" prevista en el artículo 417.13 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) .

En concreto, se trataría de "abuso de la condición de juez para obtener prebendas de autoridades o profesionales", según los denunciantes. La formación política considera que Velasco debería haberse abstenido de la investigación de este caso "por estar comprometido en el deber de devolver el favor que le hizo el investigado a su familia contratando a su mujer en la entidad pública que dirigía".

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