El CGPJ suspenderá previsiblemente al juez Elpidio Silva en su Comisión Permanente de esta tarde

Actualizado: martes, 4 febrero 2014 14:30

MARTES 4 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) suspenderá previsiblemente este martes al titular del Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid, Elpidio José Silva Pacheco, a quien el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJ) ha abierto juicio oral por un presunto delito de prevaricación al enviar a prisión al expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa.

Así lo han informado fuentes del órgano de gobierno de los jueces, que han concretado que este asunto será discutido en la Comisión Permanente que se reunirá a partir de als 17.00 horas. El telma de Elpidio Silva ha sido introducido en el orden del día después de que a última hora de esta mañana el juez presentara un escrito de alegaciones que le había sido requerido la semana pasada.

El mismo trámite ya había sido cumplimentado el pasado miércoles por teniente fiscal del Tribunal Supremo, Antonio Narváez, mediante un escrito en el que solicitó la suspensión provisional del juez que comenzó a investigar a Miguel Blesa en el ejercicio de las funciones judiciales.

Tanto el informe del Ministerio Público como el del propio Elpidio son trámite necesario para que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) pueda adoptar la suspensión, una medida cautelar que en todo caso viene obligada por el Reglamento de la Carrera Judicial para aquellos jueces y magistrados que son sentados en el banquillo mientras se sustancia el procedimiento judicial contra ellos.

TRES DELITOS

En su escrito ante el órgano de gobierno de los jueces, el fiscal Narváez recordaba Silva ha sido procesado presunto delito continuado de prevaricación, retardo malicioso de la administración de justicia y dos contra la libertad individual, delitos dolosos que presuntamente cometió en el ejercicio de sus funciones.

Este supuesto de hecho figura incluido entre los que determinan la adopción de la medida de suspensión provisional de funciones como Magistrado, hasta tanto recaiga sentencia en el procedimiento, de conformidad con lo que dispone el reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial.

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