Condenado a 180 euros de multa el exconcejal del PP por delito de amenazas leves contra Iglesias y Echenique

El portavoz de Unidas Podemos en el Congreso, Pablo Echenique y la ministra de Igualdad, Irene Montero, conversan durante una sesión de control al Gobierno, a 28 de septiembre de 2022, en Madrid (España). Durante la sesión plenaria se ha debatido la con
El portavoz de Unidas Podemos en el Congreso, Pablo Echenique y la ministra de Igualdad, Irene Montero, conversan durante una sesión de control al Gobierno, a 28 de septiembre de 2022, en Madrid (España). Durante la sesión plenaria se ha debatido la con - Eduardo Parra - Europa Press
Publicado: jueves, 29 septiembre 2022 20:13


MADRID, 29 Sep. (EUROPA PRESS) -

El portavoz de Unidas Podemos en el Congreso, Pablo Echenique, ha manifestado que siente "asco de esta justicia" tras conocer que el Juzgado de lo Penal número 5 de Zaragoza ha condenado al exconcejal del PP de Novallas (Zaragoza), Eloy Valero, a una multa de 180 euros por un delito de amenazas leves contra él y Pablo Iglesias.

La resolución, por otro lado, absuelve al exedil de los delitos de odio y de trato degradante que reclamaba la acusación particular, algo que ha motivado la censura de Echenique.

"Que un concejal del PP me llame 'caracol baboso, arrastrado' y 'cucaracha sin patas' no es delito de odio. Pienso en cómo legitima eso el maltrato a las personas con discapacidad y siento asco de esta 'justicia', ha lanzado en redes sociales el dirigente de la formación morada.

Los hechos objeto de juicio fueron las expresiones vertidas por Valero en Facebook, en la primavera de 2020, contra Pablo Iglesias, quien entonces ostentaba el cargo de vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030 y contra Echenique.

El juicio se celebró el pasado 22 de septiembre, en el Juzgado de lo Penal número 5 de Zaragoza, que ha concluido en su sentencia que las expresiones "de contenido insultante" proferidas por el acusado "son del todo reprobables desde el punto de vista ético y moral", pero "no pueden ser consideradas como trato degradante".

El Ministerio Fiscal pedía la absolución del acusado por lo ocurrido respecto a Echenique y una multa de tres euros al día durante tres meses por las expresiones referidas a Iglesias por un delito leve de amenazas contemplado en el artículo 171.7 del Código
Penal.

Por su parte, la acusación particular de Pablo Iglesias solicitaba un año de prisión, además de la multa de seis euros diarios durante seis meses por un delito de odio, y otros seis meses de prisión y una multa de seis euros al día durante un mes por los delitos de amenazas.

Mientras que el abogado de Echenique pedía un año de prisión y una multa de seis euros al día durante seis meses por un delito de odio. Subsidiariamente calificó los hechos como constitutivos de un delito de trato degradante para el que solicitó la imposición de la pena de un año de prisión.

Leer más acerca de: