El Congreso da vía libre a los diputados autorizados para votar con su móvil

Una persona sostiendo un móvil
Una persona sostiendo un móvil - Marta Fernández - Europa Press
Actualizado: martes, 8 abril 2025 16:22

MADRID 8 Abr. (EUROPA PRESS) -

Los diputados que obtengan autorización para votar telemáticamente ya no tendrán que conectarse a un ordenador o tablet para emitir su voto, sino que tendrán la oportunidad de hacerlo directamente desde sus móviles, según el método al que va a dar vía libre este martes la Mesa del Congreso.

De esta forma, la Cámara sigue ampliando las facilidades para votar a distancia, pues en las próximas semana se aprobará una nueva regulación de esta modalidad de voto con más supuestos para su aplicación.

En concreto, lo que se va a hacer es incorporar la firma electrónica en los dispositivos móviles de los diputados lo que, además de votar desde sus teléfonos, les permitirá presentar iniciativas en el Registro Telemático de la institución.

"Seguimos modernizando el trabajo en el Congreso --ha destacado la presidenta de la Cámara, la socialista Franina Armengol, en redes sociales--. El nuevo sistema facilitará la gestión de iniciativas parlamentarias que mejoran nuestra sociedad y permitirá mayor presencia de los diputados en sus territorios, donde están sus representados, reforzando así una democracia más plena".

Según han precisado a Europa Press fuentes parlamentarias, los certificados de seguridad digital se empezarán a emitir estos días y más adelante el Congreso estudiará si desarrolla una aplicación para aglutinar todas las actividades que se podrán desarrollar con el certificado digital.

DOBLE FACTOR DE AUTENTICACIÓN

Así, a partir de ahora los técnicos de la Cámara se pondrán en contacto con los diputados para generarles este nuevo certificado, que estará asociado a un número de teléfono solicitado a través de cada uno de los grupos parlamentarios. Cada vez que se quiera acceder a este sistema se recibirá un SMS con un código, lo que incorpora un segundo factor de autenticación.

Asimismo, se incorpora la firma electrónica cualificada de los votos emitidos mediante certificado digital personal de cada diputado, así como un sello electrónico de confirmación de los justificantes de voto con sello digital del Congreso.

Esta nueva facilidad para el voto se une a la reforma del Reglamento del Congreso impulsada por el PSOE, Sumar y sus aliados para implantar un régimen sancionador a los periodistas acreditados en la Cámara, que incluye un apartado específico sobre el voto telemático.

El Congreso empezó autorizando en 2011 el voto a distancia en casos de maternidad o enfermedad grave, pero en 2022 ya hubo una ampliación para incluir también el embarazo y "situaciones de especial gravedad" que impidan acercarse a la Cámara, así como la participación en delegaciones parlamentarias de las Cortes y en compromisos de representación institucional en el extranjero propios del Gobierno (cumbres europeas, iberoamericanas, de la OTAN, del G-20 o la Asamblea General de Naciones Unidas, entre otros).

Pero ahora el PSOE y sus aliados amplían el catálogo de situaciones susceptibles de pedir el voto a distancia; así, al embarazo y maternidad/paternidad se suman "adopción o guarda con fines de adopción o acogimiento, así como tratamientos de reproducción asistida", y se añaden "motivos de salud o accidente", "necesidad de atender al cuidado del cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, así como de otras personas dependientes", y "fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad".

También se agilizan los trámites para pedir esa votación telemática. Hasta ahora, quien pide votar a distancia debe cursar "la oportuna solicitud mediante escrito dirigido a la Mesa de la Cámara", que luego le comunica su decisión, "precisando el periodo de tiempo en el que podrá emitir el voto mediante dicho procedimiento".

Con la redacción de la proposición de ley registrada el pasado viernes por la tarde, la concesión es casi automática. Así, el diputado "cursará la oportuna solicitud mediante escrito dirigido a la Mesa de la Cámara" e incluirá "la justificación de que concurre alguna de las causas previstas en este artículo", pero en todo caso bastará con una "declaración responsable de la persona solicitante" para que se dé por permitida la votación telemática. Eso sí, la Mesa podrá pedirle información adicional o documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos.

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