Los magistrados avisan al expresidente catalán de que si quiere que valoren su suspensión debe presentar otro recurso
MADRID, 5 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha decidido por unanimidad admitir a trámite el recurso de amparo presentado por el expresidente catalán Carles Puigdemont y los exconsejeros huidos Clara Ponsati y Lluís Puig contra el auto de procesamiento del juez Pablo Llarena y contra el auto dictado por la Sala Penal de Apelación del Supremo.
El tribunal de garantías estudiará el escrito de los tres acusados por el proceso independentista en Cataluña al "apreciar que concurre una especial trascendencia constitucional porque el recurso plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este tribunal".
De igual modo, el Pleno advierte a Puigdemont, Ponsatí y Puig de que si quieren recurrir el auto del Supremo del 9 de julio que acordó la suspensión de funciones y cargos públicos que venían desempeñando varios procesados por delito de rebelión, deben hacerlo en una demanda separada, tal y como han hecho otros como Oriol Junqueras y Raül Romeva.
En su recurso, Puigdemont, Ponsatí y Puig solicitan que el tribunal de garantías revoque el auto del pasado 23 de marzo en el que fueron procesados por rebelión y malversación de fondos públicos y que se anulen todas las actuaciones contra ellos por no haberse podido defender de ellas hasta este momento, al no haber estado personados en la causa del 'procés' al estar huidos.
También niegan que se haya dado el requisito de violencia que se precisa para estimar el delito principal que se les imputa, el de rebelión, y denuncian que se han producido varias violaciones de procedimiento, entre ellas que no se les haya permitido defenderse hasta dictarse el auto de procesamiento, lo que consideran contrario al derecho europeo e internacional.
Además, piden que se anule toda la causa, ya que consideran que el Supremo carece de competencia para entender de este asunto que, a su juicio, debería haberse sustanciado ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).