Los magistrados apoyan el uso del castellano como lengua vehicular que contempla la norma educativa
MADRID, 23 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado este jueves la sentencia propuesta por el magistrado Ricardo Enríquez sobre el recurso de Vox contra la conocida como 'ley Celaá' porque respaldaba la norma salvo en dos cuestiones --el rechazo a la segregación del alumnado por sexos y en centros de educación especial--, encargando al ponente que elabore un nuevo borrador que avale sin fisuras la ley, según ha informado la corte de garantías.
Vox impugnó lo que consideraba "la parte más sectaria de la ley", la que guarda relación, según ellos, con la enseñanza concertada, la educación religiosa, la educación diferenciada y los centros de educación especial, así como contra el carácter excluyente del castellano como lengua vehicular.
Enríquez proponía declarar constitucional la Ley Orgánica de Educación de 2020, excepto los artículos que recogen que "los centros sostenidos parcial o totalmente con fondos públicos desarrollarán el principio de coeducación en todas las etapas educativas" y "no separarán al alumnado por su género"; y que las administraciones garantizarán una adecuada y equilibrada escolarización del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo y dispondrán las medidas necesarias "para evitar la segregación del alumnado".
Ese aval parcial incluía la parte de la ley que señala que "las administraciones educativas garantizarán el derecho de los alumnos y las alumnas a recibir enseñanzas en castellano y en las demás lenguas cooficiales en sus respectivos territorios, de conformidad con la Constitución española, los estatutos de autonomía y la normativa aplicable".
Según las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, Enríquez entendía que la ley garantizaba de esta forma que el castellano no fuera excluido como lengua vehicular en la enseñanza, cuestión que consagraba en su borrador como un derecho constitucional que debe ser "real", no una "fórmula vacía".
Ahora, tras el rechazo del Pleno a su ponencia, Enríquez ha accedido a redactar otra que recoja el sentir de la nueva mayoría progresista del TC (de siete magistrados frente a cuatro), esto es, declarar la constitucionalidad de toda la 'ley Celaá'. Una vez confeccionado este segundo borrador, tendrá que someterse al examen del TC, algo que se espera en las próximas semanas.
VOTO PARTICULAR
La ponencia se ha rechazado por seis votos --los de la mayoría progresista menos el ex ministro de Justicia Juan Carlos Campo, que se abstuvo de la deliberación sobre este recurso de Vox--, encontrando solamente el apoyo de los cuatro magistrados del bloque conservador.
De acuerdo con las citadas fuentes, el debate ha girado únicamente en torno a las dos tachas formuladas por Enríquez, sin entrar a cuestionar el resto de la ponencia, que se espera que conserve su redacción actual.
El punto que mayor discusión ha generado ha sido el tocante a la segregación por sexos, aunque no para determinar si es constitucional, puesto que sobre eso ya se pronunció el TC en 2018 avalando la separación entre alumnos y alumnas, sino para fijar si el legislador tiene potestad para quitar las ayudas públicas a los centros que hagan esa diferencia, un margen de actuación que la mayoría del tribunal ve constitucional.
El otro 'pero' de Enríquez, que ha encontrado el respaldo de sus otros tres compañeros conservadores, se debía a que, a su juicio, la 'ley Celaá' no tenía suficientemente en cuenta la opinión de las familias que tiene hijos con discapacidad y prefieren llevarlos a centros de educación especial. No obstante, el Pleno ha defendido que la norma educativa apueste por eludir también este tipo de segregación.
Así las cosas, Enríquez modificará su texto para cambiar radicalmente esos dos puntos, pero ha avanzado ya a los demás magistrados que formulará un voto particular donde reflejará su discrepancia.