¿Cuáles son los horarios de los colegios electorales? Y otras 6 respuestas para el día de las elecciones Cataluña 2017

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Foto: EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 20 diciembre 2017 14:42

Las elecciones catalanas se celebran este viernes 21 de diciembre, y como en cada cita electoral, surgen las mismas dudas: ¿a qué hora abren y cierran los colegios? ¿puedo votar con el DNI caducado? ¿Y con el carnet el conducir? ¿Cuánto cobran los miembros de la mesa electoral? Estas son las respuestas a las preguntas más frecuentes.

1. ¿CUÁLES SON LOS HORARIOS DE LOS COLEGIOS ELECTORALES?

Este 21 de diciembre, y como en cualquier convocatoria de comicios, los colegios electorales abren a los votantes a las 09.00 horas y cierran a las 20.00 horas. Eso sí, si justo a esa hora aún quedara algún ciudadano dentro del centro o a su entrada, también se admitirá su voto.

2. ¿QUÉ DOCUMENTOS SIRVEN PARA IDENTIFICARME?

Para poder depositar el voto es necesario demostrar nuestra identidad. Para ello, es necesario llevar alguno de los carnés oficiales que nos identifican: el DNI, pasaporte, permiso de conducir o tarjeta de identidad de extranjero --para personas de países que mantengan un tratado con España que permita su votación en las elecciones locales--. En todos los casos, esta documentación puede ser española o del país de origen del votante, siempre que incluya su fotografía.

3. ¿PUEDO VOTAR CON EL DNI CADUCADO?

Sí, se puede votar con el DNI caducado ya que es necesario únicamente para comprobar la identidad del votante. Lo que no sirve son las fotocopias: deben ser documentos originales.

4. ¿CÓMO SÉ EN QUÉ COLEGIO DEBO VOTAR?

Hay varias formas de saber en qué colegio votar en las elecciones: por un lado, los electores reciben en su domicilio una tarjeta censal con sus datos actualizados y en ella se incluye la dirección del colegio asignado. Por otro, Internet permite la comprobación para aquellos que tengan duda o no hayan recibido la tarjeta censal.

En la web del Instituto Nacional de Estadística (INE) se pueden consultar, siempre que se disponga de certificado digital, los datos de inscripción individuales de cada elector a través de la Oficina del Censo Electoral. Asimismo, el INE también habilita un buscador de centros y mesas electorales, para el que no hace falta el certificado


5. ¿QUÉ PASA SI QUIERO VOTAR PERO TENGO QUE TRABAJAR?

En esta ocasión, los comicios se celebran en un día laborable. Los trabajadores tienen derecho a un permiso retribuido para votar cuya duración depende del tiempo en el que coincida su horario laboral con el de apertura del colegio. De este modo, hay diferentes supuestos:

A.- Trabajadores cuyo horario de trabajo no coincida con el de apertura de los colegios electorales (De 9:00 a 20:00 horas) o cuya jornada sea inferior a 2 horas: No tendrán derecho a permiso retribuido ya que la jornada de trabajo no le impide ir a votar.

B.- Trabajadores cuyo horario coincida en 2 o más horas y que éste sea de menos de 4 horas: Tendrán derecho a un permiso retribuido de 2 horas.

C.- Trabajadores cuyo horario coincida entre 4 y 6 horas con el de los colegios electorales: Tendrán permiso retribuido de 3 horas.

D.- Trabajadores cuyo horario coincida en 6 o más horas con el de los colegios electorales: Tendrán derecho a un permiso retribuido de 4 horas.

6. ¿QUÉ PASA SI FORMO PARTE DE LA MESA ELECTORAL PERO TENGO QUE TRABAJAR?

En el caso de que los trabajadores hayan sido llamados a formar parte de una mesa electoral ya sea como presidente o vocal, tendrán derecho a un permiso retribuido de la jornada completa durante el día de la votación siempre que sea día laborable para el trabajador.

Adicionalmente, también tendrán derecho a un permiso retribuido de 5 horas el día inmediatamente posterior a las Elecciones, es decir, el 22 de diciembre.

Este permiso de 5 horas el día siguiente a las elecciones lo disfrutaran todos los trabajadores que hayan formado parte de la mesa electoral, con independencia de que el día 22 les correspondiera o no descanso semanal. La razón es que los recuentos suelen terminar muy tarde y con este permiso se garantiza el descanso del trabajador.

7. ¿CUÁNTO COBRAN LOS MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES?

Los vocales percibirán 63 euros y el presidente de la mesa 71.En el caso de los municipios con más de 500 mesas, el importe de la indemnización al presidente será de 86 euros. En el caso de los funcionarios y trabajadores por cuenta ajena, tienen también derecho a una reducción de 5 horas de su jornada laboral al día siguiente. Esto solo se aplicará a los suplentes en el caso de que lleguen a ocupar un puesto en la mesa.