SEVILLA 3 Jul. (EUROPA PRESS) -
El abogado Alfonso Martínez del Hoyo, quien ejerce la defensa del exconsejero socialista de Empleo Antonio Fernández, ha manifestado que tras estimar parcialmente el Tribunal Constitucional (TC) su recurso de amparo contra su condena a siete años, once meses y un día de prisión por malversación en el "procedimiento específico" de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos y las ayudas arbitrarias a empresas con cargo a los fondos autonómicos; "procede" su puesta en libertad por parte de la Audiencia de Sevilla como órgano emisor de la sentencia inicial condenatoria, otrora confirmada por el Supremo y ahora anulada por el Constitucional.
"Entiendo que tras el dictado de esta sentencia del TC, anulatoria de la de condena por malversación de Antonio Fernández García, procede y confío plenamente en que la Audiencia de Sevilla, siendo cabalmente respetuosa al valor superior del derecho constitucional a la libertad personal, ordenará de inmediato la excarcelación de Fernández, como así lo he interesado ya", ha trasladado el letrado Martínez del Hoyo a Europa Press.
La Sección Primera de la Audiencia, que este miércoles ha ordenado libertad para los exconsejeros Francisco Vallejo y Carmen Martínez Aguayo tras serle comunicadas las sentencias del Constitucional que anulan sus respectivas penas de cárcel por malversación en el caso de los ERE, merced a sus recursos de amparo; ha precisado esta misma jornada que no ha recibido aún los fallos de las sentencias del TC referentes a Antonio Fernández, condenado a siete años, once meses y un día de prisión también por malversación en este mismo caso y cuyo recurso de amparo ha sido parcialmente admitido; y al exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román, condenado a seis años de cárcel también por malversación en el "procedimiento específico de financiación" de los ERE.
LA PENA DE PRISIÓN DE ANTONIO FERNÁNDEZ
Fernández fue condenado a siete años, once meses de prisión y a 19 años y medio de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación en concurso con un delito continuado de malversación; no solo por haber intervenido en las modificaciones presupuestarias que arbitraron los fondos para el pago de los ERE, sino también por haber firmado como presidente del Instituto de Fomento de Andalucía (IFA) convenios particulares con el director general de Trabajo a través del que se materializaron varias ayudas.
Fuentes jurídicas consultadas por Europa Press explican que ante su recurso de amparo, el Constitucional considera que la Audiencia de Sevilla tendrá que redactar un nuevo pronunciamiento "exclusivamente" en lo relativo a la posible comisión de un delito de malversación en las modificaciones presupuestarias de 2000-2001 y a las disposiciones de fondos incluidos en el programa 3.1 L en ausencia o con desviación de su fin público.
EL ALCANCE DEL AMPARO
El Constitucional le perdona así una parte de la malversación, pero deja fuera del amparo los actos de presupuestación y gestión que --en calidad de viceconsejero de Empleo-- realizó para las modificaciones presupuestarias de 2000 y 2001, antes de que las leyes de presupuestos hubieran incorporado el concepto de transferencias de financiación del IFA a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA).
El tribunal también excluye del amparo las disposiciones de fondos ordenadas en el ámbito de la Consejería de Empleo entre 2002 y 2009 bajo la vigencia de las leyes de presupuestos que incorporaban tales aplicaciones al programa 3.1 L, pero que excedieron su ámbito de cobertura porque se hicieron en "ausencia de fin público".