¿Qué dice la Constitución sobre la inviolabilidad del Rey?

Foto de la Constitución Española
Foto de la Constitución Española - BOE
Actualizado: lunes, 18 octubre 2021 15:06

MADRID, 18 Oct. (EDIZIONES) -

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se ha mostrado este lunes partidario de retirarle la inviolabilidad al jefe del Estado que establece la Constitución, si bien ha reconocido que para ello es necesario que el PP apoye una reforma de la Carta Magna, algo que ha confesado que ve improbable.

Pero, ¿qué dice la Constitución sobre la inviolabilidad del Rey?

El artículo 56, punto tercero, de la Constitución dice concretamente que "la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65.2".

En la sinopsis que hacen los letrados del Congreso de los Diputados en su página web se explica que "la inexistencia de responsabilidad política del Jefe del Estado es una característica común de todos los regímenes políticos contemporáneos, ya sean Monarquías, ya Repúblicas". "En el caso de los regímenes monárquicos, la falta de responsabilidad es absoluta, llegando a extenderse a los ámbitos civil y penal", añaden los letrados.

Siguiendo esta tradición, todas las Constituciones monárquicas tanto españolas como europeas (con alguna excepción en la Constitución noruega) establecen, en unos u otros términos, la regla de la falta de responsabilidad real.

En este sentido, ambos términos significan que no se puede perseguir criminalmente al Monarca y que, en cuanto se refiere a la responsabilidad civil, no se le puede demandar ante la jurisdicción ordinaria; no se da, en cambio, la imposibilidad de someter a juicio a la Familia Real.

"Así entendidos los términos de inviolabilidad e irresponsabilidad, la primera protege la conducta del Rey como persona; la segunda, sus actos como institución del Estado", explican los letrados del Congreso.

Para los letrados del Congreso, "mucho más importante que la distinción entre inviolabilidad e irresponsabilidad es el entendimiento del refrendo como mecanismo que posibilita la existencia de ambas situaciones". Y es que los actos del Rey están, todos ellos, como condición de validez, sujetos al requisito del refrendo.

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