El Supremo rechaza la acumulación de los concursos de Cacaolat y Clesa

Actualizado: viernes, 27 enero 2012 14:27

MADRID 27 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha concluido que el concurso de acreedores de Cacaolat, que tramita el Juzgado de lo Mercantil número 6 de Barcelona, no debe acumularse al de Clesa, empresa láctea propietaria del 95% de la firma de batidos y cuyo procedimiento concursal lleva el Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, según el auto dictado el pasado 22 de diciembre al que tuvo acceso Europa Press.

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha denegado la acumulación de procedimientos solicitada por el juez de Madrid al considerar que "la ponderación de los intereses en juego" como son "el principio de continuidad de la actividad empresarial" y de "los trabajadores", "es determinante" para rechazarla.

El Alto Tribunal acoge este argumento defendido por el Ministerio Fiscal, además de considerar que la naturaleza de los intereses en conflicto "no son suficientes" y que la unión de procesos no permitirá "una más correcta calificación de los créditos de los deudores" de las dos empresas pertenecientes al grupo Nueva Rumasa.

El auto recuerda que el conflicto surgido entre ambos juzgados se basa en "la venta de activos vs. la venta de acciones", por lo que, con su dictamen, da vía libre a los juzgados de Barcelona para que tramiten la venta de las unidades productivas de la empresa de batidos, mientras que el juzgado de Madrid se encargará de la enajenación de las acciones.

El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid elevó al Tribunal Supremo esta cuestión de competencia tras conocer que el Juzgado de lo Mercantil número 6 de Barcelona había autorizado la venta de la unidad productiva de Cacaolat a la alianza formada por Damm, Cobega y Victory Turnaround.

Se trata de la segunda vez que el juez madrileño plantea una cuestión de competencia por el concurso de Cacaolat al Supremo, que ya se pronunció en favor de la apertura del proceso de venta de la unidad productiva en Barcelona.

El juez que tramita el concurso de Clesa instó en julio al Juzgado de Barcelona a que se abstuviera de poner fin al proceso de venta de la firma de batidos, ya que si finalmente asume la competencia, la operación podría ser declarada nula y se podría perjudicar a empresas y trabajadores.

El 31 de marzo de 2011 el Juzgado Mercantil número 6 de Barcelona declaró el concurso de acreedores de Cacolat. El 30 de mayo de 2011, el Juzgado Mercantil número 6 de Madrid declaró la insolvencia de Clesa.