Actualizado: miércoles, 1 marzo 2017 18:01


BILBAO, 1 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Pleno del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas (TVCP) ha detectado que EH Bildu y el PSE-EE efectuaron pagos por gastos electorales de 5.398 y 653 euros, respectivamente, desde una cuenta no electoral en los pasados comicios autonómicos del 25 de septiembre de 2016, "incumpliendo" la Ley de Elecciones al Parlamento Vasco (LEPV).

El TVCP aprobó el pasado 9 de febrero, por unanimidad, el 'Dictamen sobre Contabilidades Electorales' correspondiente a las elecciones al Parlamento vasco celebradas el 25 de septiembre de 2016.

Según ha informado el órgano fiscalizador, el trabajo ha consistido en verificar las cuentas electorales de las formaciones
políticas que obtuvieron escaños en dichas elecciones o que solicitaron adelanto de la subvención electoral, en relación con el cumplimiento de la Ley 5/1990, de 15 de junio, de Elecciones al Parlamento Vasco.

Dado que la fiscalización de la contabilidad de los partidos políticos corresponde al Tribunal de Cuentas del Estado, el TVCP no ha verificado la posible existencia de gastos electorales no registrados en las contabilidades presentadas, ni "si pudieran haberse canalizado a través de la contabilidad de los partidos políticos ingresos que incumplieran las prohibiciones o limitaciones legales".

Sin embargo, ha detectado que dos partidos políticos realizaron pagos por gastos electorales desde una cuenta no electoral. Se trata de EH Bildu, que efectuó pagos electorales por importe de 5.396 euros, y el PSE, que realizó un pago de 653,40 euros por publicidad en prensa, "desde una cuenta no electoral, incumpliendo el artículo 142.1 de la Ley de Elecciones al Parlamento vasco (LEPV)".

Además, el pago del segundo adelanto por parte del Gobierno vasco se ha producido con retraso, ya que, según recoge el TVCP en su informe, "habiendo sido solicitado por PNV y PSE, el Gobierno vasco ha efectuado el pago del segundo adelanto el día 29 de diciembre de 2016, cuando, de acuerdo con el apartado 7 del artículo 144 de la LEPV, el plazo para hacerlo efectivo vencía el 9 de diciembre de 2016".

El dictamen del TVCP señala, asimismo, las subvenciones devengadas y pendientes de pago por cada formación política, de acuerdo con los gastos justificados y los límites establecidos por la legislación aplicable.

RECOMENDACIONES

En su informe, el TVCP asegura que las formaciones políticas tienen "un volumen muy elevado de los gastos contratados con un único proveedor", y considera que, "dado el importe de gastos, y por tanto de subvenciones recibidas, sería conveniente el establecimiento de sistemas por parte de las formaciones políticas que garanticen la selección de la oferta económicamente más ventajosa en relación con aquellas operaciones que representen una importancia relativa sobre el volumen de los gastos declarados bien por su cuantía individual o por su concentración en un mismo proveedor".

Por otro lado, indica que Elkarrekin Podemos y el Partido Popular comunicaron a la JECA (Junta Electoral de la Comunidad Autónoma) la apertura de la cuenta corriente electoral "con 15 días y un día, respectivamente, de retraso sobre el plazo marcado en el artículo 141.1 de la LEPV, que exige su comunicación en las 24 horas siguientes a su apertura".

El órgano fiscalizador también ha observado en la presentación de las contabilidades electorales y en las justificaciones que aportan como soporte las distintas formaciones políticas algunos aspectos que debieran corregirse en futuras convocatorias, entre ellos que "las facturas aportadas deben incluir claramente la fecha en que se ha realizado el gasto y el concepto por el que se ha realizado", y que "la contabilidad de los gastos electorales debe contener una sucinta descripción de los conceptos de cada operación, tal y como señala el artículo 140 de la LEPV".

Más noticias

Leer más acerca de: