Dice que "sólo cabe la conclusión" de que Fano y Lizarraga "son de ETA" y tenían pistolas y explosivos para acciones terroristas
MADRID, 15 Oct. (EUROPA PRESS) -
El fiscal de la Audiencia Nacional Vicente González Mota ha mantenido la petición de 21 años y siete meses de cárcel para los campistas Unai Fano Aldasoro y María Lizarraga Merino, detenidos el 23 de septiembre de 2008 en la comarca francesa de Trelins, porque "sólo cabe la conclusión" de que son miembros de la organización terrorista ETA y tenían en su poder documentación falsa, armas y artefactos destinados a la comisión de actos de la banda.
Así lo ha indicado durante la tercera jornada del juicio que se sigue contra los acusados por los delitos de integración en organización terrorista, tenencia de armas de fuego y de componentes de aparatos explosivos, falsificación en documento oficial y hurto de vehículo de motor. "Sólo cabe la conclusión de que son de ETA, tienen pistolas, tienen explosivos y tienen documentos falsos para la comisión de hechos de terrorismo", ha sostenido el fiscal.
El representante del Ministerio Público ha ensalzado la "brillantísima" actuación de la Policía gala en colaboración con las Fuerzas de Seguridad españolas y el análisis "exhaustivo" de las pruebas que acreditan que las dos pistolas que guardaban "no se tenían más que para usarlas" y la pentrita y el clorato sódico encontrados en los coches y la tienda de campaña iban a ser destinados a la comisión de acciones de ETA.
"CLAMOR DE PRUEBAS"
En su informe de conclusiones definitivas, el fiscal ha defendido el "clamor de las pruebas, válidamente" encontradas a Fano y Lizarraga y ha recordado los antecedentes del primero, que pasó de formar parte del entramado institucional al aparato militar de la banda terrorista. Así, ha recordado que los vehículos robados se atribuyen a la organización y la documentación intervenida apareció firmada por el aparato de falsificación de la banda (FAL).
Por su parte, el abogado defensor, Alfonso Zenón, ha reclamado la libre absolución de los acusados y además ha indicado que la tenencia de explosivos no aparecía en la orden de detención y entrega solicitada por España, por lo que es "claro y diáfano" que sus representados no pueden ser juzgados por este delito.
Asimismo, ha hecho hincapié en el "agravio comparativo" de que los hechos que se les imputan sean castigados en Francia con menos pena que la que pide el Ministerio Fiscal y ha denunciado que Fano y Lizarraga no tuvieron asistencia letrada, lo que supone una detención ilegal.
Finalmente, ha solicitado la aplicación de la atenuante por dilaciones indebidas y la nulidad de las pruebas periciales por una "irregularidad" en el procedimiento. Tras ello, una veintena de familiares y amigos de los acusados han despedido a voces a los acusados y el juicio ha quedado visto para sentencia.
Unai Fano, dirigente de Batasuna, huyó a Francia después de que el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón dictara una orden de detención en su contra tras una comparecencia pública junto a Pernando Barrena y Patxi Urrutia. Por su parte, María Lizarraga había formado parte de SEGI.